SALTA, 09/08/05.-

Expediente N° 14.345/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº 278/05.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales la Facultad de Ingeniería tramita la creación del “Instituto de Ingeniería y Desarrollo Industrial de Salta” (IIDISa); y

CONSIDERANDO:

Que el Proyecto fue analizado en el aspecto académico, por la Comisión de Asuntos Académicos y cuenta con despacho favorable de la Comisión de Reglamento y Desarrollo de la Facultad de Ingeniería.

Que conforme lo expresa su Estatuto, el Instituto tendrá como finalidad esencial contribuir al desarrollo de la Provincia y la Región, a través del desarrollo de investigaciones, transferencias y actualizaciones en el campo de la Ingeniería Industrial, mediante el aporte de experiencias y conocimientos específicos.

Que el proyecto cuenta con la adhesión de profesionales de reconocida trayectoria, y el aval de la Unión Industrial de Salta.

Que mediante Resolución Nº 031/05, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería solicita al Consejo Superior la creación del Instituto citado y la aprobación del respectivo Estatuto, que reglamenta sus fines, objetivos, dependencia, acciones, organización e integración.

Que mediante Resolución Nº 099-CCI/2005, el Consejo de Investigación aconseja la creación del Instituto.

Que conforme lo dispone el inc. 5) del Art. 100 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, es atribución del Consejo Superior “aprobar la creación de Institutos de Investigación a propuesta de una o más Facultades y establecimientos de su dependencia”.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 190/05,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Duodécima Sesión Ordinaria del 4 de agosto de 2005)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Crear el INSTITUTO DE INGENIERÍA Y DESARROLLO INDUSTRIAL DE SALTA (IIDISA), bajo dependencia de la Facultad de Ingeniería.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Estatuto del Instituto creado, cuyo texto obra omo Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Ingeniería, Secretaría Académica, Consejo de Investigación, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ingeniería a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA

ANEXO I – Expediente Nº 14.345/04.-


ESTATUTO DEL INSTITUTO DE INGENIERÍA Y

DESARROLLO INDUSTRIAL DE SALTA - IIDISA


Capitulo I.- De los Fines y Objetivos.


ARTICULO 1º - De los Fines

El Instituto de Ingeniería y Desarrollo Industrial de Salta (IIDISa) tiene como finalidad contribuir al desarrollo de la Provincia y la región a través del desarrollo de investigaciones, transferencias y actualizaciones en el campo de la Ingeniería Industrial aportando con experiencia y conocimientos específicos.

ARTICULO 2º - De los Objetivos


Capitulo II .- De la Dependencia

ARTICULO 3º - El IIDISa. dependerá administrativamente de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Salta y tiene su sede central en el edificio de la misma.

ARTICULO 4º - El IIDISa. coordinará sus acciones con otras unidades académicas de la Universidad Nacional de Salta y del medio.

ARTICULO 5º- El IIDISa. estará facultado para tramitar ante otros organismos e instituciones los convenios correspondientes para el logro de los fines propuestos.


Capitulo III .- De las Acciones


ARTICULO 6º- Para dar cumplimiento a los objetivos, el IIDISa. programará todas las acciones que sean necesarias y pertinentes dentro del marco de las reglamentaciones actuales de la UNSa. Entre ellas:

  1. Investigación: desarrollo a través de trabajos, proyectos y programas vinculadas a las áreas de la Ingeniería industrial conforme a las categorías vigentes de los investigadores.

  2. Docencia: a través del plantel propio del instituto, de profesionales externos y de profesores visitantes se impulsa el desarrollo de programas de especialización, actualización profesional canaliza a los fines de incrementar el nivel de conocimientos de los egresados en Ingeniería Industrial y facilitar el acceso a los títulos académicos máximos.

  3. Reuniones científicas y Técnicas: con el objeto de difundir el accionar de la institución, mantener y fomentar el intercambio científico y tecnológico se propiciarán congresos y jornadas relacionadas con la Ingeniería industrial.

  4. Vinculación con el medio: el instituto propicia y participa en actividades de asesoramiento y servicios a empresas y organismos, mediante convenios de cooperación científica y técnica. Esta actividad se realizará siempre que no interfiera con la actividad profesional del medio.

  5. Gestión de pasantías para alumnos avanzados y graduados de la Facultad de Ingeniería en el Instituto.


Capitulo IV.- De la Organización

ARTICULO 7º- El IIDISa. estará coordinado por un Director y un Co-Director, un Secretario y una Comisión conformada por cuatro docentes: 3 Profesores y 1 Auxiliar Docente. Todos ellos cumplirán sus funciones en carácter de extensión de sus actividades académicas.

Capitulo V .- Del Director del IIDISa.

ARTICULO 8º- El Director es responsable directo de la organización y funcionamiento del Instituto.


ARTICULO 9º- Son deberes y atribuciones del Director:

  1. Cumplir y hacer cumplir las finalidades y objetivos propuestos.

  2. Proponer a la Facultad de Ingeniería la designación del Secretario.

  3. Acordar con los integrantes del IIDISa. la sede de las reuniones generales.

  4. Coordinar las acciones previstas en el Capítulo IV en todas sus variables

  5. Convocar a reunión a los responsables de programas, proyectos, cursos, etc. Para acordar acciones y programar la gestión de cada año académico.

  6. Elevar un informe anual a las autoridades de la Facultad de Ingeniería.

  7. Gestionar la publicación de los desarrollos de investigación .

  8. Gestionar becas, pasantías, etc., en el Instituto destinadas a graduados y alumnos de la carreras de la Facultad de Ingeniería.

  9. Proponer a la Facultad de Ingeniería la incorporación de adscriptos, pasantes, becarios, personal de apoyo, etc.

  10. Proponer convenios con otras unidades académicas y la contratación de profesores visitantes.

  11. Gestionar los recursos económicos para el desarrollo de sus actividades.


Capitulo VI .- Del Co-Director del IIDISa

ARTICULO 10.- El Co-Director sustituye al Director en todas sus obligaciones en ausencia o por su delegación cuando las circunstancias lo requieran.

ARTICULO 11.- En caso de renuncia o cese de funciones del Director, el Co-Director asumirá dicha función hasta tanto se elija el nuevo Director.

Capitulo VII .- De la Designación del Director y Co-Director.

ARTICULO 12.- El Director y Co-Director serán designados por la Facultad de Ingeniería a propuesta de la Escuela de Ingeniería Industrial y permanecerán en sus funciones por el termino de 3 (tres) años y serán electos en asamblea convocada a tal fin.

ARTICULO 13.- Podrán aspirar a tales funciones los profesores regulares de la Escuela de Ingeniería Industrial que reúnan condiciones acordes con la función y los fines y objetivos del IIDISa.

Capitulo VIII .- Del Secretario.

ARTICULO 14.- El Secretario deberá ser docente de la Escuela de Ingeniería Industrial.

ARTICULO 15.- Será nominado por el Director con el acuerdo de los integrantes de la Comisión del Instituto.

ARTICULO 16.- El Secretario tendrá a su cargo el movimiento administrativo del Instituto, mantendrá informado a sus miembros sobre las cuestiones de interés común, citará a reuniones y colaborará con el Director en sus acciones de gestión.

Capitulo IX .- De los Miembros de la Comisión del Instituto.

ARTICULO 17.- Los miembros de la Comisión del IIDISa. pertenecerán a la planta docente de la Facultad de Ingeniería y serán propuestos por la Escuela de Ingeniería Industrial y electos en la Asamblea mencionada en el Artículo 12.

ARTICULO 18.- Son sus acciones: generar y dirigir actividades vinculadas a los objetivos generales del Instituto y transferir sus competencias dentro y fuera del mismo. Coordinar con el Director las acciones comunes y programarlas anualmente.

Los miembros de la Comisión del Instituto permanecerán en funciones por el mismo período de ejercicio que las autoridades.

Capítulo X – Otros Integrantes del Instituto

ARTICULO 19.- Los profesores visitantes podrán integrar temporariamente el Instituto y serán propuestos a la Facultad por la Comisión.

ARTICULO 20.- Podrán integrarse al IIDISa los graduados y alumnos avanzados de la carrera de Ingeniería Industrial.

ARTICULO 21.- El tramite de integración se iniciará en el Instituto y se ajustará a la aprobación de la Comisión del Instituto.

Capítulo XI.- De las Pasantías.

ARTICULO 22.- Podrán realizar pasantías en el Instituto los alumnos de las carreras de la Facultad de Ingeniería que quieran especializarse en las líneas de desarrollo del Instituto.

Capitulo XII .- De los Bienes

ARTICULO 23.- Los bienes muebles, aparatos y bibliografía serán administrados por la unidad académica de pertenencia y su uso estará bajo el control y responsabilidad de las autoridades del IIDISa.

ARTICULO 24.- En caso de disolución del IIDISa., los bienes muebles, aparatos y bibliografía serán reintegrados a las unidad académica.

ARTICULO 25.- Dichos bienes estarán inventariados en la unidad académica a la que pertenecía. No pudiéndose transferir a otra unidad académica.

Capitulo XIII.- Del Financiamiento.

ARTICULO 26.- Los fondos requeridos para el funcionamiento del IIDISa. provendrán del presupuesto asignado por la Facultad de Ingeniería así como de diversas fuentes: servicios de consultorías a empresas, donaciones, aranceles, patentes que registren al Instituto como beneficiario, los recursos que provengan de convocatorias dentro de programas institucionales de fundaciones u otras entidades de fomento a la investigación públicas y privadas.

Capitulo XIV.- Disposiciones Transitorias.

ARTICULO 27.- Las primeras autoridades del Instituto son propuestas por la Escuela de Ingeniería Industrial a la Facultad y se mantendrán durante un plazo de un año, a partir del cual la Comisión ejercerá en el período normal estipulado y acorde a la modalidad preestablecida.

Expediente Nº 14.345/04.- Pág. 5/ 4