SALTA, 09 JUNIO 2005

Expediente N° 23.471/04

RESOLUCIÓN CS Nº 205/05.-

VISTO La Ley Nº 25.967 - Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005 - y la Resolución Nº 1397/95, Manual de Procedimientos Sobre el Régimen Administrativo - Financiero -, del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 25.967 se ha aprobado el presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2005.

Que el artículo 13º de la precitada norma aprueba el Presupuesto - F.F. 11- para las Universidades Nacionales, cuyo detalle se especifica en Planilla Anexa al Art. 13 - Ley Nº 25.967 - Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional -, y se asigna a la Universidad Nacional de Salta la suma de PESOS CUARENTA Y UNO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 41.236.739,00).

Que son los Consejos Superiores de cada Universidad los responsables de la distribución de los aportes, que como asignación individual, fija la Ley de Presupuesto Nº 25.967 para el Ejercicio 2005 – Cap. III: De las Normas sobre Gastos, conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 129 de la Resolución - M.C. y E. - Nº 1.038/96 y los Estatutos de cada Universidad.

Que el Artículo 59 de la Ley Nº 24.521 establece que las Universidades Nacionales tienen autarquía económica y financiera, la que ejercen dentro del régimen de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que el Consejo Superior de esta Universidad es el responsable de la distribución de los aportes, que como asignación individual, fija la Ley de Presupuesto para cada Ejercicio Económico en un todo de acuerdo al Estatuto de esta Universidad.

Que la Dirección de Presupuesto ha informado que la Universidad no cuenta hasta la fecha con un sistema de “red de acciones presupuestarias” aprobado, a los fines de la aplicación de la técnica de programación en todas sus etapas.

Que resulta necesario incorporar y exponer en el presupuesto la información sobre los recursos generados en el ámbito de la Universidad que provienen de las actividades autofinanciadas, cualquiera sea su naturaleza y origen, conforme a la normativa vigente sin perjuicio de otras que la Universidad dicte en la materia, (Res. CS 128/99; Res. 571/98; Res. CS 433/90; Res. 235/92; Res. 079/96; Res. 444/99 y Res. 445/99) en un todo de acuerdo con el Memorandum Nº 005/04 de fecha 23 de Noviembre de 2004 – Secretaría Administrativa.

Que resulta prioritario realizar asignaciones de créditos para actividades específicas, tales como convenios y membresías

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda del Consejo Superior mediante Despacho Nº 86/05,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Octava Sesión Ordinaria del 9 de junio de 2005)

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º.- Convalidar la Res. 1562-04 de Distribución Presupuestaria del Ejercicio 2005 – Necesidades Mínimas e Imprescindibles, para la Universidad Nacional de Salta.

ARTICULO 2.- Encomendar a la Comisión de Hacienda del Consejo Superior la elaboración del Presupuesto 2005, con las modificaciones que estime corresponder.

ARTICULO 3.- Hágase saber, comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Consejo de Investigación, Sedes Regionales, Secretarías, Institutos de Educación Media, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI

Expediente N° 23.471/04.- Pág. 2/ 2