SALTA,

Expediente N° 511/90.-

 

RESOLUCIÓN CS Nº 137/05

            VISTO la Resolución CS Nº 071/02, por la cual el Consejo Superior estableció que el Certificado de Estudios Medios Completos, además de otros requisitos para los aspirantes a ingresar a la Universidad, deberá ser presentado como plazo máximo el 30 de abril de cada año, y

            CONSIDERANDO:

            Que en virtud del paro extenso llevado a cabo por los docentes provinciales, en algunos colegios no fue posible constituir mesas examinadoras para evaluar a los alumnos que culminan el ciclo Polimodal.

            Que en ese sentido, existen numerosos pedidos de prórroga del plazo de presentación del Certificado de Estudios Medios.

            Que este Cuerpo entiende que se debe analizar los pedidos en forma particular, reafirmando el 30 de abril de cada año como fecha de presentación de los requisitos establecidos para los ingresantes.

            Que para ello, es necesario delegar en los Sres. Decanos y Directores de Sedes Regionales el análisis de las solicitudes presentadas, hasta el plazo que fijen los Consejos Directivos de cada Facultad y Consejos Asesores de las Sedes Regionales.

            Por ello, atento al tratamiento sobre tablas y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Quinta Sesión Ordinaria del 28 de abril de 2005)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Confirmar el 30 de abril de cada año, como plazo para la presentación de la documentación exigida para la admisión como alumno regular de la Universidad.

ARTÍCULO 2º.- Delegar en los Sres. Decanos de Facultad y Directores de Sedes Regionales, el análisis y resolución de solicitudes de prórrogas para la presentación de los requisitos exigidos para la admisión como alumno regular de esta Universidad durante el presente período lectivo, fundamentadas en el paro docente provincial (debidamente certificadas) y sólo hasta la fecha que fijen los Consejos Directivos (en el caso de las Facultades) y Consejos Asesores (en el caso de las Sedes Regionales).

ARTÍCULO  3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM,  de Humanidades, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-                                       

RSR

 

FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA Ing. Stella PEREZ de BIANCHI