SALTA, 01/12/04

Expediente Nº 2.555/02.-

RESOLUCIÓN CS Nº 637/04.-

VISTO la Resolución CS N° 687/88 que reglamenta los concursos para cobertura de cargos P.A.U. de la Universidad Nacional de Salta, y

CONSIDERANDO:

Que dicha resolución, en su Artículo 16, establece los mecanismos de la prueba de oposición.

Que esta reglamentación no genera dificultades en los Concursos Internos y Generales, pero en los concursos abiertos, dada la gran cantidad de postulantes, la realización de entrevistas personales a cada uno de los mismos implica un esfuerzo que no guarda, necesariamente, relación con la calidad del procedimiento de selección.

Que existe una propuesta de modificación, que cuenta con Dictamen de Asesoría Jurídica y opinión de la Dirección General de Personal, en el sentido de realizar el examen teórico práctico en forma previa a la entrevista personal, y llevar a cabo esta última únicamente a los que aprueban el examen escrito, y en caso de que la cantidad de interesados sea mayor a diez (10), la Junta Examinadora podrá decidir si realiza la entrevista solamente a los diez (10) de mayores calificaciones.

Que, asimismo, y a los fines de dar mayor celeridad a la cobertura de los cargos, resulta necesario dejar aclarado que en caso de no existir agentes con categorías inferiores o iguales a la categoría a concursar, se debe obviar las instancias de concursos internos o generales.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 155/04,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 25 de noviembre de 2004)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 16 de la Resolución CS N° 687/88, el cual quedará redactado como sigue:

“ARTÍCULO 16.- DE LA PRUEBA DE OPOSICIÓN: La prueba de oposición, en los concursos internos y generales, consistirá de una entrevista y un examen teórico práctico.

Las pruebas deberán ajustarse a las especificaciones particulares que se determinen para cada agrupamiento, categoría y función, con sujeción a las siguientes pautas generales:

  1. De la entrevista: Los miembros de la Junta Examinadora, en forma conjunta deberán entrevistarse personalmente con cada uno de los aspirantes y con la sola presencia del veedor, con el objeto de valorar las aptitudes de supervisión y manejo de personal; la forma en que desarrollaría programas de capacitación; sus puntos de vista sobre el funcionamiento del área en la que se postula; propuestas para agilizar la administración y mantenerla actualizada, así como cualquier otra información que a juicio de la Junta Examinadora pueda requerirse al aspirante. La duración de la entrevista no excederá de treinta (30) minutos, quedando a criterio de la Junta el orden en que se tomará la misma.

  2. Del examen teórico-práctico: Cada miembro titular presentará un sobre conteniendo cinco (5) preguntas: dos (2) de carácter teórico y tres (3) de carácter práctico, que será presentado con por lo menos dos (2) horas de anticipación al inicio de la prueba de oposición, en la Secretaría de la Facultad o dependencia respectiva. Con posterioridad a la entrevista y al inicio del acto del examen se procederá a la apertura de los sobres y al sorteo de dos (2) temas teóricos y tres (3) temas de carácter práctico, sobre los cuales se desarrollarán el mismo.

  3. En los concursos abiertos, la prueba de oposición consistirá enun examen teórico práctico y en una entrevista a aquellos postulantes que hayan aprobado el mismo. En caso de haber más de diez (10) postulantes, la Junta Examinadora podrá realizar la entrevista únicamente a aquellos que hayan obtenido los diez (10) mayores puntajes en la calificación del examen teórico práctico.

ARTICULO 2º.- Disponer que, en caso de no existir en la dependencia agentes con categorías inferiores o iguales a la que se concursa, se debe obviar las instancias de concursos internos o generales.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, UAI, Asesoría Jurídica y APUNSa. Cumplido siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – SEC. CONSEJO SUPERIOR

ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI – RECTORA