SALTA, 15/11/04

Expediente N° 16.176/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº 618/04.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE INVESTIGACION de esta Universidad, Lic. Elvio Alanís, eleva propuesta de PROGRAMAS ESTRÁTEGICOS INSTITUCIONALES DE INVESTIGACION, y

CONSIDERANDO:

Que la propuesta fue puesta a discusión del Consejo de Investigación y cuenta con el aval de dicho Cuerpo, según consta en actas de su 10ª reunión ordinaria.

Que la Resolución Nº 100 C.C.I/99, dispone que: “El Consejo de Investigación podrá llamar a Grupos de Investigación a presentar proyectos para el estudio de temas determinados, que sean de interés para la Universidad y/o la región”.

Que los programas de referencia permiten concretar en la práctica una de las bases estatutarias de la Universidad que establece que: “En su carácter de ente estatal colabora con la identificación y solución de los problemas nacionales y regionales, de acuerdo con las normas específicas que regulan sus funciones, expone fundadamente sus conclusiones, presta asesoramiento técnico y participa en actividades comunes con instituciones estatales y privadas mediante convenios de cooperación”

Que, asimismo, los programas aludidos se vinculan con el Plan Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación / 2004 del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Secretaría de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva en su art 1º del Decreto 20/99 al que refiere el artículo 9º, primer párrafo de la Ley 25467, que expresa que: es función de la SCTeIP “formular políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha y funcionamiento de un Sistema Tecnológico y Científico Nacional que articule todos los organismos y los recursos del sector en función de los objetivos y políticas nacionales de desarrollo, teniendo como meta básica elevar la capacidad nacional de generar tecnología e incorporarla a los bienes y servicios que se producen y exportan”


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y luego de constituido en Comisión,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoséptima Sesión Ordinaria del 11 de noviembre de 2004)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar los PROGRAMAS ESTRÁTEGICOS INSTITUCIONALES DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, los que obran como ANEXO I de la presente.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías, Institutos de Educación Media, Dirección de Presupuesto, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga al Consejo de Investigación a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI


ANEXO I – Expediente Nº 16.176/04.-


PROGRAMAS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES DE INVESTIGACION


1.- ANTECEDENTES:


A. La Resolución Nº 100 C.C.I/99, en la que se resuelve que: “El Consejo de Investigación podrá llamar a Grupos de Investigación a presentar proyectos para el estudio de temas determinados, que sean de interés para la Universidad y/o la región”.


B. El Plan Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación / 2004 del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Secretaría de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva en su art 1º del Decreto 20/99 al que reenvía el art 9º primer párrafo de la Ley 25467, expresa que: es función de la SCTeIP “formular políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha y funcionamiento de un Sistema Tecnológico y Científico Nacional que articule todos los organismos y los recursos del sector en función de los objetivos y políticas nacionales de desarrollo, teniendo como meta básica elevar la capacidad nacional de generar tecnología e incorporarla a los bienes y servicios que se producen y exportan”


C. El Documento Diagnóstico Nº 1 /04, la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (enviada por e-mail a los consejeros) donde en sus análisis se introduce el concepto de sustentabilidad y entre otras cosas dice que:





Sin embargo, en relación con el uso sustentable de los recursos se detecta:


D. Como antecedente más reciente, cabe destacar que la Secretaría de Políticas Universitarias, lanzó una convocatoria a las UUNN para la presentación de proyectos de Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Local, que vence el 15 de Diciembre.

En la misma se sostiene que:


(Esto no es nuevo para nuestra Universidad, puesto que constituye uno de los principios de sus Bases Fundacionales).

Más adelante expresa:

Se plantean las siguientes líneas de acción posibles:

…..debe entenderse como una acción de fortalecimiento de capacidades construidas a lo largo del tiempo en las Universidades, contemplando un amplio arco disciplinario.

Se trata de lograr que la problemática del Desarrollo Local se integre eficazmente en los flujos constantes de la actividad universitaria. El aporte coordinado de las áreas de gestión académica, de investigación y de transferencia tecnológica es determinante de resultados factibles.

En relación al impacto y evaluación de los resultados de los proyectos, el documento agrega:


PROPUESTA:


Ante una similar percepción y diagnóstico del estado actual del sistema de investigación en esta Universidad, su conducción proyecta estimular y/o sostener iniciativas para activar el desarrollo local y regional mediante la generación de conocimientos y tecnologías científicamente comprobables como “apropiadas a la realidad social, económica, productivo y ambiental de la región”, que converjan en un programa estratégico, priorizando programas que contemplen el abordaje de alguna/s de las siguientes líneas de acción:






Para ello, los programas deberán:


INCLUSIÓN EN EL PLAN ESTRATÉGICO DE LA UNSa.

Para la concreción de estos objetivos, la Universidad ha destinado fondos a ser aplicados a estos programas, los que serán concursables dentro de la institución, de acuerdo al siguiente esquema:


Financiación

El monto anual a asignar será de $15.000 por Programa.


Plazos de ejecución

Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 3 (tres) años.


La evaluación estará basada en:


a) Evaluación de la factibilidad y calidad del proyecto

A los efectos de la evaluación de la factibilidad y calidad del proyecto, se evaluará:

a.1.) Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos del llamado.

a.2.) Probabilidad de ejecución exitosa.


b) Evaluación de la capacidad técnica del equipo de investigación

En relación con la capacidad para la realización del proyecto, perfil del personal involucrado, equipamiento disponible y la infraestructura que se afectará a la ejecución del proyecto.


c) Evaluación técnica del proyecto

A los efectos de la evaluación de la razonabilidad técnica del proyecto, se evaluará:

c.1. Impacto esperado, regional, social y productivo.

c.2. Transferencia de conocimientos a la sociedad y al sector productivo en particular.




1 Entendiéndose este sector como productivo primario tradicional o promocional, minero, industrial, agrícola, ganadero, manufacturero etc, micro, pequeño o mediano.

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