SALTA, 06 AGOSTO 2004
Expediente N° 910/97.-

RESOLUCIÓN CS N° 281/04

VISTO estas actuaciones por las cuales la empresa GASNOR SA solicita prórroga del contrato de pasantías de las alumnas Laura Estela Seco y María Gabriela Márquez, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Rectoral N° 809/03, homologada por Resolución CS N° 128/04, ya se ha concedido prórroga de contratación de las mencionadas alumnas.

Que la empresa solicitante no explicita el plan de actividades desarrollado o ha desarrollarse que justifique una nueva prórroga de contrato.

Que el Reglamento de Pasantías de esta Universidad establece en su artículo 1° del Anexo: “Se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito de empresas u organismos públicos o privados, en los cuales los alumnos realizarán residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas con su formación y especialización, llevadas a cabo bajo la organización y control de las unidades educativas...”

POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propios y atentos a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 087/04,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décima Sesión Ordinaria del 29 de julio de 2004)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Denegar la solicitud formulada por la Empresa GASNOR S.A., por las razones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades de Ingeniería y de Ciencias Económicas, Secretarías Administrativa y de Cooperación Técnica y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.
RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI