SALTA, 30 JULIO 2004
Expediente Nº 2.533/04.-

RESOLUCIÓN CS N° 247/04


VISTO la solicitud de los consejeros Julio Nasser y Catalina Buliubasich,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución C.S. Nº 210/04, este Cuerpo se expidió rechazando la desafectación como reserva natural, licitación y venta de los lotes 32 y 33 por parte del gobierno de la Provincia de Salta.


Que en un artículo del Dr Ricardo Alonso publicado en el diario El Tribuno, el día 24 de junio de 2004 "Se abre una esperanza para un monte hoy degradado", se defiende la medida tomada por el Gobierno Provincial, postura que este Cuerpo no comparte.


Que en respuesta al mismo las docentes de esta Universidad Dra. Marta L. de Viana , Prof. Marta Quintana y Lic. Ana Silvia Simesen elaboraron un documento que refuta contundentemente las expresiones del Dr. Ricardo Alonso.



POR ELLO y atento al tratamiento sobre tablas,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décima Sesión Ordinaria del 29 de julio de 2004)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Hacer suyo el documento que obra como anexo de la presente.

ARTICULO 2º.- Disponer la conformación de un equipo interdisciplinario de esta Casa que in situ analice la situación actual de los lotes 32 y 33.

ARTICULO 3º.- Poner al servicio de la comunidad toda la información científica recabada en el área por parte de investigadores de distintas disciplinas pertenecientes a esta Universidad.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia a: Gobierno Nacional, Gobierno de la Provincia de Salta, Cámaras de Diputados y Senadores, Secretaría de Medio Ambiente, Dirección de Parques Nacionales, Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Consejo de Investigación, Direcciones Generales, Dirección de Relaciones Públicas, Museo de Ciencias Naturales y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
RSR

FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI






ANEXO


Comentarios sobre el artículo del Dr Ricardo Alonso publicado en el diario El Tribuno, el día 24 de junio de 2004 "Se abre una esperanza para un monte hoy degradado"


El saber nos hace responsables no sólo por lo que sabemos, sino por lo que podemos llegar a hacer con lo que sabemos o a partir de lo que sabemos. La sociedad, la ciencia y la filosofía han dejado de discutir sobre un punto que a esta altura resulta obvio: el conocimiento nos hace responsables de lo que conocemos. Este es uno de los pilares de lo que hoy llamamos un comportamiento ético. Es por eso que el principio de responsabilidad es la causa y la justificación de lo que aquí sigue.


En el artículo mencionado, el Dr Alonso incurre en argumentaciones falaces y en errores conceptuales graves en cuestiones que tienen que ver con leyes y con la Biología en general y la Ecología en particular, que deja al descubierto su compromiso con un orden establecido que degrada, dilapida y desaprovecha las potencialidades naturales, humanas y sociales.


Como integrantes de la comunidad universitaria nos preocupan las opiniones vertidas por el Dr. Alonso quien, desde un discurso aparentemente científico (emplea términos y conceptos sin sustento) intenta  convalidar y justificar una decisión política que resulta ilegal e ilegítima.


Decisión política ilegal debido a que en un pretendido acto "legal" los legisladores derogan el decreto 3397/95 sin fundamento y al hacerlo violan la Constitución Nacional y Provincial, las Convenciones Internacionales de lucha contra la Desertificación y de Protección a la Biodiversidad, las Leyes Provinciales 7070 y 7107 y el Código de Etica de la Función Pública.


Es también una decisión ilegítima ya que si bien los legisladores y el gobernador fueron electos por mayoría, ese hecho no les confiere atribuciones para realizar acciones arbitrarias en contra de la ley. Es importante destacar la irresponsabilidad de los funcionarios que omiten el marco legal vigente y sin fundamento, atentan contra el patrimonio natural y cultural de todos/as los/las Salteños/as y Argentinos/as.


Constituye una falta de ética ciudadana, profesional y ambiental, utilizar argumentos seudo científicos en apoyo al mencionado acto sin mediar una reflexión contextualizada sobre lo que intenta infructuosamente justificar.


Con este accionar ilegal e ilegítimo, se pretende soslayar la responsabilidad directa e indirecta de los funcionarios que debieron, a partir del Decreto 3397 del año 1995, elaborar un Plan Integral de Manejo y Desarrollo según lo estipula la ley 7107 (Sistema Provincial de Áreas Protegidas de Salta). Al no hacerlo permitieron la degradación que hoy invocan para justificar la venta. Esto arroja confusión a la transparencia que debe guiar todas las acciones de los funcionarios del Estado Argentino, según se expresa en los Considerandos del Código de Etica de la Función Pública y no incurrir en la violación de los Principios Generales tales como prudencia, idoneidad y responsabilidad y de los Principios Particulares como legalidad, veracidad y transparencia (Decreto 41/99, Boletín Oficial Nº 29077).


Sugerimos al Dr Alonso y a los funcionarios del gobierno local, la lectura del Capítulo II de la ley 7107 que define conceptos como "Categoría de Manejo, Conservación, Diversidad Biológica, gestión, Manejo, Plan Integral de Manejo y Desarrollo, Plan Operativo Anual, Preservación, Protección, Utilización Sustentable entre otros. Este desconocimiento conduce, en el caso del Dr Alonso, a cometer errores conceptuales graves.

 

"Con la apertura de los sobres para la venta “que permitirá convertir en productivas unas tierras que hoy son un monte degradado y sin futuro ni económico ni ambiental. Transformar estos predios incultos en un paraje nuevo, permitirá llevar riqueza a la zona, producción de cereales, búsqueda de agua y cambiar su fisonomía convirtiendo un monte seco que hoy es un pasivo ambiental, en un lugar verde en serio"


Es sorprendente que para el Dr Alonso un bosque (aunque esté degradado), que además no es cualquier bosque sino un Área Natural Provincial Protegida, carezca de futuro económico y ambiental. Cualquier bosque y en particular los bosques de los lotes 32 y 33 comprenden un área única que incluye la transición entre Yungas y Chaco, el sistema ambiental menos representado en categorías de protección en el país y el único en nuestra Provincia. Se ha registrado en los lotes 32 y 33 una riqueza de 32 especies leñosas, 17 especies de mamíferos sin incluir los micromamíferos y 65 especies de aves (informe para la creación del área natural protegida, Adámoli y otros, Expansión de la frontera agrícola en la región chaqueña y

conservación de la biodiversidad).


El futuro económico y ambiental de un bosque radica en su conservación y se define como "gestión de utilización de la biosfera por el ser humano de manera que produzca el mayor y más sostenido beneficio para las generaciones actuales, asegurando su potencialidad para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras. Comprende acciones destinadas a la preservación, protección, mantenimiento, uso sustentable, restauración y mejoramiento del área natural" (ley 7071). Si el área se encuentra degradada es una cuestión ética y una obligación moral como ciudadano y más aún como profesional, denunciar la inoperancia e irresponsabilidad de los funcionarios y comprometerse en acciones tendientes a revertir el proceso. Precisamente una de las características de la modalidad de desarrollo que el Dr. Alonso y el gobierno intentan justificar, no ha llegado a satisfacer las necesidades de la sociedad. Esto genera desocupación y degradación de los sistemas naturales, agudiza la crisis que obedece a factores estructurales generados por un patrón de producción-distribución y un estilo de consumo, que no está de acuerdo con las necesidades de la población ni con los mecanismos y procesos ecológicos que caracterizan los sistemas naturales.


A partir de la conferencia de Estocolmo (1972) la de Río (1992) (de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo) y Johannesburgo (2002) y numerosos informes internacionales (Brundtland, Club de Roma, Worldwatch por citar algunos), está claro que los intereses económicos y ecológicos no son contrapuestos ni antagónicos. Los que intentan resaltar este dualismo lo hacen para continuar con el status quo que concentra la riqueza en cada vez menos personas.


Transformar un área de reserva en propiedades privadas para el cultivo intensivo o cualquier otra actividad es desconocer la riqueza que constituye la biodiversidad y las múltiples alternativas de manejo integral que representan. Para esto es necesario el conocimiento acerca de la potencialidad de los recursos y del funcionamiento de los sistemas naturales a los efectos de evitar su degradación y las transformaciones negativas y simplistas que consideran que el único desarrollo posible se basa en la privatización y el monocultivo aunque incluya rotaciones.


El párrafo citado y el artículo en su conjunto, evidencian el profundo desconocimiento de la Biología en general y de la Ecología y Economía Ambiental en particular, por lo que sugerimos al Dr Alonso, se informe antes de emitir opinión. A tales efectos recomendamos la lectura del documento elaborado por la Dra Caziani y colaboradores y al que adhieren numerosos Biólogos, docentes e investigadores de la Facultad de Ciencias Naturales, que fue difundido por todosunsa el 07-07-04, las revistas Ecology, Ecological Applications, Environmental Ethics, Environmental Values, los trabajos de Adámoli y otros, los libros y publicaciones de Sejenovich sobre economía ambiental entre una muy nutrida y vasta información al respecto.


Sería interesante conocer las respuestas del Dr Alonso sobre las siguientes cuestiones:


¿Cómo se evalúa el precio de un loro hablador, un tapir o un guayacán?


¿Cuánto pueden costar los servicios ecosistémicos que presta un bosque?


¿Quiénes se han visto favorecidos con la duplicación en la producción de granos que experimentó nuestro país a partir de la década del 90?


¿Cuáles son los costos de recuperar un suelo degradado?


¿Quiénes pagan los costos de la desertificación y erosión progresivas de nuestros suelos?


Nos parece inadecuado asignar un valor de mercado a la diversidad biológica, ya que los mecanismos y procesos que operan en los sistemas naturales son únicos y por lo tanto no tienen precio, como las especies que habitan en los lotes y están en peligro de extinción.


¿Qué criterios se utilizaron para fijar el precio promedio de $587.5 la hectárea de bosque chaqueño subhúmedo?


El beneficio para los compradores resulta claro y perjudicial para los y las Salteños/as que somos los/las dueños/as de este patrimonio natural y cultural único e irremplazable.


El desarrollo sustentable se define como el uso adecuado y racional de los ecosistemas naturales con aplicación de técnicas ambientalmente apropiadas y formas de organización social consensuadas con los pobladores, en procura de satisfacer las necesidades humanas presentes y futuras, generando y promoviendo un desarrollo económico y social sostenibles, que mejore la calidad de vida de la comunidad (Ley 7107).


Existen varias formas de lograr un desarrollo sustentable en un área de reserva, de manera que la población local sea la beneficiaria directa. El turismo, actividad fomentada por el gobierno de la provincia, genera ganancias que se distribuyen más entre los pobladores locales por la diversidad de emprendimientos que genera. Sin embargo, no es la única actividad posible. Existen formas de manejo integral y sustentable de los recursos de los bosques (que no es solamente la madera), que podrían generar ganancias para los pobladores, manteniendo los recursos y la reserva provincial. La sustentabilidad requiere mantener los recursos en el tiempo con la participación y el consenso de todos los actores involucrados directa e indirectamente. La sustentabilidad debe medirse en base a criterios epistémicos, éticos, sociales, económicos y ambientales. No en base al enriquecimiento de los compradores, a costas de todos/as los/las Salteños/as.


El capital ambiental es el acervo de sistemas y elementos naturales que tienen una importancia crucial para el desarrollo social y económico y para mejorar y enriquecer la calidad de vida. Incluye bosques, selvas, suelos, aguas, aire limpio, tierra, estabilidad climática, protección contra la radiación UV, por citar algunos. El ensamble de sistemas naturales opera y se mantiene dentro de ciertos umbrales de alteración, más allá de los cuales se compromete su capacidad de autorregulación. Todo ello demanda un riguroso código de intervención y manejo que debe respetarse para no quebrantar sus bases de permanencia y continuidad, lo que implica una rigurosa planificación territorial.


Los procesos de destrucción de la naturaleza más devastadores así como los de degradación socioambiental (cambio global, pérdida de biodiversidad, fragmentación de ambientes, pérdida de fertilidad de los suelos, marginación social, desnutrición, pobreza), han sido y son resultado de las prácticas inadecuadas de desarrollo económico (industria basada en combustibles fósiles, deforestación, prácticas inadecuadas de uso del suelo, que dependen de un modelo de crecimiento devastador, que permite maximizar ganancias económicas en el corto plazo para unos pocos, revirtiendo sus costos sobre los sistemas naturales y sociales).


Es necesario internalizar las externalidades ambientales en la racionalidad económica y los mecanismos del mercado, para poder construir un estilo alternativo de desarrollo basado en una racionalidad ambiental. Esto implica la activación de procesos sociales: la incorporación de los valores del ambiente en la ética individual, en los derechos humanos y en la norma jurídica de los actores económicos y sociales, la socialización del acceso y apropiación de la naturaleza, la democratización de los procesos productivos y del poder político, las reformas del estado que le permitan mediar la resolución de conflictos de intereses en torno a la propiedad y el aprovechamiento de los recursos y que favorezcan la gestión participativa y descentralización de los recursos naturales, el establecimiento de una legislación ambiental eficaz que norme a los agentes económicos, al gobierno y a la sociedad civil y la reorientación interdisciplinaria del desarrollo del conocimiento y de la formación profesional.


Finalmente, adherimos a la Res. C.S. Nº 210/04 y a la denuncia conjunta de CEFISA, INEAH y Comisión de Usuarios del Colegio de Abogados.




Marta L. de Viana Marta Quintana Ana Silvia Simesen