SALTA, 12 ABRIL 2004

Expediente N° 20.181/02.-

RESOLUCIÓN CS Nº 119/04.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Srta. Elena Abigail MARTINEZ, Personal de Apoyo Universitario categoría 5 de Sede Regional Tartagal, interpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Rectoral Nº 309/03, y

CONSIDERANDO:

Que por Res. R. Nº 537/02 se instruyó el sumario y se suspendió preventivamente a la Srta. Martínez.

Que por Res. R. Nº 578/02 se prorrogó la suspensión de la Srta. Martínez por 60 días.

Que la mencionada agente interpone recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la Resolución Rectoral Nº 309/03, a fin que se revoque por contrario imperio la misma y, en consecuencia deja sin efecto la sanción de 29 días de suspensión y el traslado de oficina dispuesto. Al encontrarse el mismo en debido tiempo y forma corresponde su análisis.

Que por Resolución Rectoral Nº 537/02 (del 7/11/02) se suspendió preventivamente a la Srta. Martínez, cuando no existían en autos elementos objetivos que pudieran fundamentar la aplicación de la misma.

Que alega la Srta. Martínez que el propio Banco Sudameris ha procedido al pago y/o reintegro de los montos denunciados como faltantes.

Que el Banco Sudameris expresa a fs. 148 que “existiendo una causa judicial en trámite en la que se ventilarán cuestiones que podrán vincularse con las personas que ustedes citan y a las que en caso de sernos requerido proveeremos toda la información pertinente, no resulta a nuestro criterio procedente difundir, a órganos administrativos internos de la universidad, elementos de información que están sometidos a la consideración de la judicatura”.

Que no existen pruebas objetivas que demuestren algún tipo de acción dolosa por parte de la Srta. Martínez y no corresponde a la universidad, sino al fuero judicial, dilucidar las situaciones denunciadas.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 27/04,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Cuarta Sesión Ordinaria del 1º de abril de 2004)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Hacer lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por la Srta. Elena Abigail MARTÍNEZ y en consecuencia, dejar sin efecto la sanción impuesta a través de las presentes actuaciones.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que todas las actuaciones relativas al Sumario dispuesto por Resolución Rectoral Nº 537/02 y sus concomitantes no afectan el buen nombre y honor de las personas implicadas.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Srta. Martínez, Sede Regional Tartagal, Dirección General de Personal y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la a sus efectos.-

RSR

FDO.: PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VÍCTOR OMAR VIERA