SALTA, 14 AGOSTO 2003

Expediente N° 14.317/97.-

RESOLUCIÓN CS Nº 205/03.-


VISTO estas actuaciones por las cuales el Sr. Decano de la Facultad de Ingeniería solicita se abone la diferencia de haberes del mes de abril al Arq. Antonio Pellegrini, y


CONSIDERANDO:


Que la Dirección General de Personal, a fs. 31, informa corresponde que el Consejo Superior declare de legítimo abono de la diferencia de sueldo entre la dedicación semiexclusiva percibida por el Arq. Pellegrini y la dedicación exclusiva efectivamente cumplida durante el citado mes.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 048/03,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Undécima Sesión Ordinaria del 7 de agosto de 2003)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Reconocer de legítimo abono la diferencia de haberes correspondientes al mes de abril de 2003 en favor del Arq. Antonio Pellegrini y consecuentemente, autorizar a la Dirección de Personal a efectuar la liquidación y pago correspondiente.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ingeniería, Dirección General de Personal, Ing. PELLEGRINI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-


RSR.

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VÍCTOR OMAR VIERA