SALTA, 19 MAYO 2003


Expediente Nº 8.042/99.-

RESOLUCIÓN CS Nº 102/03.-

VISTO las presentes actuaciones y el Artículo 1º de la Resolución CS Nº 182/02, a través de la cual el Consejo Superior interpretar y deja aclarado que será requisito para ingresar al Régimen de Permanencia, haber sido designado mediante dos concursos públicos y abiertos en la misma categoría, en la misma asignatura o grupo de asignaturas equivalentes, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas, mediante Resolución Nº 261/02, aprueba el Despacho de su Comisión de Interpretación y Reglamento y solicita la derogación total y absoluta del artículo mencionado precedentemente, por entender que para el ingreso al Régimen de Permanencia también se requiere haber sido designado mediante dos concursos públicos y abiertos con la misma dedicación.

Que el Estatuto Universitario establece que las dedicaciones no están ligadas a las categorías; así el Artículo 11 expresa: “Los criterios de asignación de dedicaciones deben acordarse según las necesidades y objetivos de cada módulo académico”

Que asimismo, el Artículo 55 del Estatuto establece que: “Todas las categorías de docentes regulares ingresan a la Carrera Académica y ascienden en la misma, por concurso público y abierto de oposición y antecedentes en docencia, investigación, extensión, gestión y otros que reglamenta el Consejo Superior”.

Que el artículo 58 del Estatuto Universitario establece el régimen de permanencia sólo para las categorías docentes y no hace referencia a las dedicaciones.

Por ello, en uso de las atribuciones que les son propias y atento a lo aconsejado por las Comisiones de Interepretación y Reglamento (Nº 113/02) y de Docencia, Investigación y Disciplina (Nº 29/03),

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 8 de mayo de 2003)

R E S U E L V E:


Artículo 1º.- No hacer lugar a lo solicitado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas, mediante resolución Nº 261/02, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías y Direcciones Generales. Cumplido, siga a la Facultad de Ciencias Exactas a sus efectos.-

SR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA Y DR. VÍCTOR OMAR VIERA