SALTA, 8 MAYO 2003

Expediente N° 1.114/01.-

RESOLUCIÓN CS Nº 082/03.-

VISTO las presentes actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 604/01 por la cual se aprueba el Acuerdo y su Anexo suscrito entre esta Universidad y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, con una duración de 18 meses, y


CONSIDERANDO:


Que mediante Resolución Rectoral Nº 058/03 se aprueba el Addendum y, en consecuencia, se prorroga hasta el 31 de diciembre del año en curso, el plazo de ajecución del Acuerdo.


Que en su oportunidad, el responsable del Proyecto financiado en el marco del Acuerdo firmado, solicitó la eximición de la retención prevista en el Reglamento sobre Prestación de Servicios de la U.N.Sa., por cuanto el presupuesto aprobado sufrió una reducción de un 25%.


Que al respecto, cabe transcribir el artículo 26 del Reglamento citado: "El 20% de los fondos percibidos por la prestación de servicios será distribuido como sigue: 6% para las partidas que decidan las autoridades de la unidad ejecutora, 4% a Rectorado con destino a solventar los gastos de difusión y gestación de nuevos proyectos de prestación de servicios y 10% a disposición del Consejo Superior destinado a promover actividades de docencia, investigación y extensión en todas aquellas áreas que no cuenten con posibilidades de financiamiento autónomo..."


Que en consecuencia, este Cuerpo sólo tiene atribuciones para eximir la retención del 10% previsto; la cual se concretará por cuanto encuentra atendible los fundamentos expuestos por el responsable del proyecto.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 029/03,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Quinta Sesión Ordinaria del 30 de abril de 2003)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Hacer lugar a la eximición de la retención del 10% previsto en la Resolución CS Nº 433/90, con relación a las actividades previstas en el Acuerdo suscripto entre esta Universidad y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Naturales, Ing. Alfredo Pais, Secretaría Administrativa, Dirección de Contabilidad y Tesorería General. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA Y DR. VÍCTOR OMAR VIERA