SALTA, 17 MARZO 2003

Expediente N° 6.355/02.-

RESOLUCIÓN CS Nº 031/03.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la solicitud del usufructo del Año Sabático, interpuesta por el Dr. Emilio CORNEJO COSTAS, profesor regular Titular Plenario de la Facultad de CIENCIAS ECONÓMICAS, JURIDICAS Y SOCIALES, y

CONSIDERANDO:

Que el Dr. CORNEJO COSTAS, durante dicho beneficio, elaborará el Manual de Derecho Societario que servirá de texto a estudiantes y de ayuda a profesionales en Ciencias Económicas y Derechos.

Que el Consejo Directivo de la mencionada Facultad, en sesión de fecha 17/12/02, resolvió avalar el pedido formulado y solicita a este Cuerpo dar curso favorable al mismo, conforme a las disposiciones contenidas en el reglamento vigente y en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 20 del Estatuto de la Universidad.

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los Artículos 4° y 6° del Reglamento aprobado por Resolución CS N° 472/89.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 003/03,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su 1º Sesión Ordinaria del 6 de marzo de 2003)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°.- Otorgar al Dr. Emilio CORNEJO COSTAS, Profesor Regular Titular Plenario de la Facultad de CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES, el beneficio de Año Sabático a partir del 10 de marzo de 2003 y hasta el 28 de febrero de 2004.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que el Dr. CORNEJO COSTAS, una vez concluido el uso de este beneficio, deberá presentar un informe de las actividades desarrolladas al Consejo Directivo de la mencionada Facultad para su aprobación.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Cs. Económicas, Dr. Cornejo Costas y Dirección General de Personal. Cumplido, siga a esta última dependencia para su toma de razón y demás efectos.-

RSR.

FDO: Prof. Juan BARBOSA y Dr. Víctor O. VIERA