SALTA, 19/12/02.-

Expediente Nº 8.107/02

 

RESOLUCION CS 339/02

           

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Ms. Daniel ARIAS FIGUEROA, Profesor Adjunto con Dedicación Simple y Profesor Adjunto con Dedicación Exclusiva de la Facultad de Cs. Exactas, solicita el pago de la asignación fijada por el Decreto 1610/93, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Personal expresa, en providencia obran te a fs. 2 de las actuaciones de referencia, lo siguiente: “Vistas las presentes actuaciones se informa que el Dcto. 1610/93 no prevé adicional alguno para docentes con dedicación exclusiva. A la fecha de entrada en vigencia del citado decreto, el régimen de incompatibilidad no contemplaba la posibilidad de acumulación de un cargo de dedicación simple. Actualmente y por Res. CS. 420/99 - artículo 6° - inc. a) "Los docentes de esta Universidad que revistan con dedicación exclusiva podrán acumular únicamente un cargo adicional de dedicación simple de esta Universidad." Por lo expresado y tratándose de una situación cuya resolución dejará precedente para aplicar a casos similares; corresponde que el tema sea considerado y resuelto a nivel institucional por el Consejo Superior.”

Que este Cuerpo comparte el informe elaborado por el Sr. Director General de Personal.          '

Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho 100/02,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 19° Sesión Ordinaria del 28 de noviembre de 2002)

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- No hacer lugar a lo solicitado por el Ms. Daniel ARIAS FIGUEROA, por cuanto su situación no se ajusta a lo establecido en el Dcto. 1610/93.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Cs. Exactas, Dirección General de Personal, Ms. Arias Figueroa y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-        

 

 

RSR

 

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA