SALTA, 17/10/02.-

Expediente Nº 907/96

 

RESOLUCION CS 258/02

 

VISTO

 

Las presentes actuaciones por las cuales la Lic. María Eugenia FLORES PÉREZ solicita reválida de su título de LICENCIADA EN ENFERMERIA expedido por la Universidad Autónoma “Juan Misael Caracho” de Tarija (República de Bolivia), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la solicitud planteada se ajusta a las previsiones del reglamento General de Reválida de Títulos, aprobado por el Consejo Superior de esta Universidad mediante Resolución Nº 737-85 y su complementaria Nº 676-86.

 

Que el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud, mediante Resolución Nº 518/97, otorga el correspondiente aval al pedido formulado por la peticionaria, cuyos fundamentos son compartidos por este Cuerpo.

 

Que corresponde a este Cuerpo resolver sobre el particular, en virtud de lo establecido por el Artículo 100, inciso 4 del Estatuto Universitario.

 

Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 132/02,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 15º Sesión Ordinaria del 3 de octubre de 2002)

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Otorgar a la Lic. María Eugenia FLORES PÉREZ, DNI 92.119.339, la Reválida del Título de LICENCIADA EN ENFERMERIA expedido por la Universidad Autónoma “Juan Misael Caracho” de Tarija (BOLIVIA), equiparándolo al título de LICENCIADA EN ENFERMERIA que expide la Facultad de Ciencias de la Salud de la UNSa. (en el marco del Tratado de Montevideo celebrado el 04/08/1939), quedando así habilitada para ejercer esta profesión en el territorio de la República Argentina.

 

ARTÍCULO 2º.-  Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Cs. Salud, Lic. FLORES PÉREZ, Secretaría Académica y Dirección de Control Curricular. Cumplido, siga a esta última dependencia a sus efectos.-

 

 

RSR

 

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA