SALTA, 05 JUNIO 2002

Expediente Nº 17.565/01.-

RESOLUCIÓN CS Nº 140/02


VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Directora de LRK 317 Radio Universidad Nacional de Salta eleva propuesta de Contrato de Promotor de Ventas de Publicidad para la emisora, y modificación del Reglamento para la Explotación Comercial de LRK 317, y


CONSIDERANDO:


Que dicha propuesta cuenta con el aval respectivo del Sr. Secretario de Extensión Universitaria.


Que al respecto, Asesoría Jurídica mediante Dictamen Nº 6247 expresa: þ...Analizado el mismo, este Servicio Jurídico observa que el contrato sugerido no puede llevarse adelante toda vez que el mismo no se ajusta a lo establecido en la Resolución CS Nº 480/99...Sin perjuicio de ello, y a los fines de posibilitar la instrumentación de un contrato como el traido a estudio, resultaría conveniente modificar la Resolución CS Nº 480/99, incluyendose de manera expresa la posibilidad de venta de publicidad mediante la figura propuesta - promotor -.û


Que la propuesta presentada fue analizada por la Comisión de Interpretación y Reglamento, quién realizó algunos ajustes al texto que este Cuerpo comparte en su totalidad.


Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 038/02,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su 7º Sesión Ordinaria del 30 de mayo de 2002)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Modificar los Artículos 9º, 12 y 16 del þReglamento para la Explotación Comercial de LRK 317 - Radio Universidad Nacional de Saltaû, aprobado por Resolución CS Nº 480/99, conforme a lo siguiente:




ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Proyecto de Contrato obrante a fojas 6 de las actuaciones de referencia, incorporando lo siguiente:



ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Secretarías de Extensión Universitaria y Administrativa, Dirección General de Administración, Asesoría Jurídica y Radio Universidad. Cumplido, siga a Secretaría de Extensión Universitaria a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA