SALTA, 30 MAYO 2002

Expediente N° 14.274/99.-

RESOLUCIÓN CS N° 123/02


VISTO las presentes actuaciones relacionadas con la Carrera de þTécnico Universitario en Higiene y Seguridad en el Trabajoû - Plan de Estudio 2000 de la FACULTAD DE INGENIERÍA, y


CONSIDERANDO:


Que el Consejo Directivo de la mencionada Unidad Académica, mediante Resolución 431/01, resuelve no renovar la apertura de la inscripción 2002 para alumnos ingresantes del mencionado Plan.


Que las razones expuestas en el mencionado acto administrativo son atendibles a juicio de este Cuerpo.


Que no existe marco reglamentario al respecto, razón por la cual se solicita a las Comisiones de Docencia, Investigación y Disciplina y de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo una propuesta en este sentido.


Que, asimismo, resulta pertinente solicitar a la mencionada Facultad el estudio de la situación de la carrera en el futuro.


Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 042/02,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Ordinaria del 24 de mayo de 2002)

R E S U E L V E:


Artículo 1º.- Convalidar la Resolución 431/01 del Consejo Directivo de la FACULTAD DE INGENIERÍA, por las razones invocadas en los considerandos de la presente y hasta tanto se reglamente al respecto.


Artículo 2º.- Solicitar a la Facultad de Ingeniería el análisis de situación de la Carrera de þTecnicatura en Higiene y Seguridad en el Trabajoû para los próximos dos años.


Artículo 3º.- Proponer que las Comisiones de Docencia, Investigación y Disciplina y de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo prevean una reglamentación en este sentido.


ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ingeniería, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular y Centro de Estudiantes de Ingeniería. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA