SALTA, 30 MAYO 2002


Expediente N° 2.504/97.-

RESOLUCIÓN CS N° 117/02


VISTO el Art. 11 del Reglamento de Alumnos, aprobado mediante Resolución CS Nº 489/84 y modificatorias, y


CONSIDERANDO:


Que el mencionado establece que þLos Tribunales examinadores deberán estar constituidos por tres (3) docentes con categoría de Profesor, Por razones de fuerza mayor el Tribunal Examinador podrá constituirse, por lo menos, con un Profesor y dos (2) Jefes de Trabajos Prácticosû.


Que a juicio de este Cuerpo, los Auxiliares Docentes de 1ra. Categoría también están capacitados para integrar tribunales examinadores.


Que durante los últimos años, una importante cantidad de auxiliares ha realizado estudios de posgrado, obteniendo sus respectivos títulos.


Que muchos Auxiliares de 1ra. mantienen la condición de tal por las dificultades presupuestarias que impiden su promoción por la falta de cargos docentes.


Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 051/02,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Ordinaria del 24 de mayo de 2002)

R E S U E L V E:


Artículo 1º.- Modificar el Artículo 11 del Reglamento General de Alumnos, el que quedará redactado de la siguiente manera: þLos Tribunales Examinadores deberán estar constituidos por tres (3) docentes con categoría de Profesor. Por razones de fuerza mayor el Tribunal Examinador podrá constituirse, por lo menos, con un Profesor y dos (2) Auxiliares de la Docencia, de los cuales al menos uno (1) debe ser Jefe de Trabajos Prácticosû.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías, Centros de Estudiantes y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior.
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA