SALTA, 02 MAYO 2002



Expediente N° 17.054/98.-

RESOLUCIÓN CS N° 110/02


VISTO la Resolución CS Nº 090/02 por la cual se deja sin efecto la obligatoriedad del examen médico a los ingresantes de esta Universidad, a la vez que se instituye como obligatoria la revisación clínica completa que efectuará el Dpto. de Sanidad durante el transcurso del 1er. Año, y


CONSIDERANDO:


Que este Cuerpo entiende necesario realizar una revisión general de toda la normativa existente en la Universidad con relación al estudio sanitario de los alumnos de la U.N.Sa.


Que por tal motivo, es menester dejar en suspenso los actos administrativos dictados para regular el tema, hasta tanto este Cuerpo defina los criterios relativos a la certificación de aptitud física de los alumnos.


POR ELLO y en uso de sus atribuciones,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su Quinta Sesión Ordinaria del 22 de abril de 2002)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.-Suspender la ejecución de la Resolución CS Nº 090/02 y toda otra normativa referida a la aptitud física que se exige a los ingresantes, hasta tanto el Consejo Superior defina los criterios relativos a este asunto.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías, Direcciones Generales, Centros de Estudiantes y Departamento de Sanidad. Cumplido, siga a la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA