SALTA, 12 ABRIL 2002


Expediente N° 17.010/00.-

RESOLUCIÓN CS N° 097/02


VISTO el pedido efectuado efectuado por el Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales relacionado con la necesidad de establecer una norma precisa sobre el precio de las fotocopias en el ámbito de esta Universidad, y


CONSIDERANDO:


Que a partir de los cambios económicos y políticos producidos desde el 20 de diciembre de 2.002, se ha perdido la estabilidad de precios y es necesario realizar ajustes en los mismos, de acuerdo al incremento en los insumos.


Que Dirección de Asesoría Jurídica en el dictamen Nº 6.305 de fecha 10/04/02 expresa que: þLa celeridad y dinámica de los procesos económicos permanentemente desactualiza las normas que pretenden fijar límites a la actualización de precios, si se tiene en cuenta que, desde la supresión de la convertibilidad, se ha producido una inflación registrada por el I.N.D.E.C.: Enero 2,8 %; Febrero 4,8 % y Marzo 5,4%, con lo que nos encontramos ante una depreciación monetaria “oficial” del 13 %, desde el 1º de enero a la fechaû.


Que ante la situación descripta se considera importante establecer una norma común que fije un precio máximo de las fotocopias.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y de acuerdo a lo aconsejado por el Cuerpo constituido en Comisión,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Cuarta Sesión Ordinaria del 4 de abril de 2002)

R E S U E L V E:


Artículo 1º.- Autorizar en SEIS CENTAVOS ($ 0,06) el precio máximo por carilla de los servicios de fotocopiado que se brindan por contrato de concesión en el ámbito de esta Universidad.


Articulo 2º.- Delegar en los Sres. Decanos la determinación de posibles nuevos incrementos, los que deberán concretarse a través de actas.


Artículo 3º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, I.EM., Centros de Estudiantes, APUNSa., ADIUNSa., Concesionarios, Secretarías y Direcciones Generales. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA