SALTA, 08 ABRIL 2002


Expediente Nº 011/97.-

RESOLUCIÓN CS Nº 082/02


VISTO estas actuaciones mediante las cuales se suscribe el Contrato de Locación de Obra entre “Hidroeléctrica Río Juramento S.A.” y esta Universidad, y


CONSIDERANDO:


Que la Empresa informa que a partir del 1-01-02 rescindirá el mencionado contrato, firmado el 5 de febrero de 2001 para realizar trabajos de monitoreo de calidad de aguas, de ambientes propicios para la proliferación de vectores de enfermedades hídricas y el control de lctiofauna en los Embalses de Cabra Corral, Peñas Blancas y El Tunal.


Que SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA informa que la Cláusula Tercera (2do. Párrafo) del Contrato prevé la rescisión del mismo, bastando para ello la sola comunicación con una anticipación de treinta (30) días.


Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, mediante Despacho N° 27/02,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su tercera sesión ordinaria del 21 de marzo de 2002)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Locación de Obra firmado entre la Universidad Nacional de Salta y la Empresa “Hidroeléctrica Río Juramento S.A.”, con efecto retroactivo al 1º de enero de 2002.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Empresa citada, Facultad de Ciencias Naturales, Secretaría de Cooperación Técnica y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dra. Graciela LESINO





Dra. Graciela LESINO

Vicerrectora

a/c. Rectorado