SALTA, 08 ABRIL 2002


Actuación N° 003/98 – S.C.S.-

RESOLUCIÓN CS Nº 081/02


VISTO las presentes actuaciones por las cuales Secretaría Académica de la Universidad informa sobre irregularidades en la constitución de tribunales examinadores en la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, y


CONSIDERANDO:


Que por Resolución CS Nº 075/01 este Cuerpo dispuso la sustanciación de un sumario administrativo a cargo de Asesoría Jurídica, con el objeto de establecer la responsabilidad que le cabe a las autoridades y docentes que participaron en la constitución de tribunales examinadores al margen de las normas vigentes.


Que la Abog. Raquel De La Cuesta, Directora de Sumarios de esta Universidad, informa que no puede asumir el cargo de instructora sumariante en virtud de que una de las investigadas sería la Sra. María I. Loza de Chávez, quien es su deudora por honorarios profesionales en autos caratulados: “De La Serna, Horacio Marcelo y De La Cuesta, Raquel Mercedes c/Loza de Chávez s/Ejecución de Honorarios” – Expte. 3218/01.


Que asimismo, el Abog. De La Serna se excusa por idénticas razones y aconseja que: “...El Consejo Superior mediante Resolución, designe instructora ad-hoc y Secretaria de Actuaciones a las Abogadas Ruth Raquel Barros y Guadalupe Fernández Soler, respectivamente y como superior de la instrucción a la Abog. Gloria K. de Barrandeguy, a los fines de resolver las incidencias procesales que se susciten en la tramitación del presente sumario.


Que este Cuerpo comparte lo expresado por el Director de Asesoría Jurídica, entendiendo que debe darse celeridad a las presentes actuaciones.


Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina de este Cuerpo, mediante Despacho N° 026/02,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su tercera sesión ordinaria del 21 de marzo de 2002)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Designar como instructora ad-hoc y Secretaria de Actuaciones a las Abog. Ruth Raquel BARROS y Guadalupe FERNÁNDEZ SOLER, respectivamente, y como superior de la instrucción a la Abog. Gloria K. de BARRANDEGUY para la substanciación del sumario dispuesto por Resolución CS N° 075/01.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Cs. de la Salud, abogadas mencionadas y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a esta última dependencia a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dra. Graciela LESINO