SALTA, 27 MARZO 2002


Expediente N° 078/98.-

RESOLUCIÓN CS Nº 072/02


VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita la suscripción de un Protocolo de Pasantías entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, y


CONSIDERANDO:


Que es objetivo del mismo, que los pasantes puedan poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos durante su formación universitaria y de esta manera, lograr que los estudiantes tomen contacto con el ámbito en que se desenvuelven las instituciones y organizaciones empresariales y se integran a un campo laboral.


Que el Artículo 8° (inc. f) del Protocolo establece que la Municipalidad abonará mensualmente a la Universidad, para gastos de gestión y administración, un 5% sobre la asignación percibida por cada pasante...


Que aduciendo razones económicas, la Municipalidad solicita la exención de dicho pago, comprometiéndose a cooperar al máximo en la formación integral de los futuros profesionales.


Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Asesoría Jurídica de esta Universidad.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por las Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Hacienda de este Cuerpo, mediante Despachos Nros 29/02 y 07/02, respectivamente,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su tercera sesión ordinaria del 21 de marzo de 2002)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Proyecto de Protocolo de Pasantías a suscribirse entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, cuyo texto obra a fojas 144/145 de las actuaciones de referencia, con las modificaciones propuestas a fojas 148.


ARTÍCULO 2°.- Autorizar al Sr. Rector a suscribir el referido Protocolo y a realizar los trámites de rigor para su puesta en vigencia.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Municipalidad de la Ciudad de Salta, Facultades, Sedes Regionales y Secretaría de Cooperación Técnica. Cumplido, siga a esta última dependencia a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan antonio BARBOSA - Dr. Víctor Omar VIERA