SALTA, 20 MARZO 2002

Expediente N° 2.521/98.-

RESOLUCIÓN CS Nº 053/02


VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Nélida FERLATTI de CASTELLI, Directora de Coordinación Administrativa de la Secretaría del Consejo Superior, tramite el reconocimiento y pago del Adicional por Jefatura en carácter de retroactivo, y


CONSIDERANDO:


Que mediante resolución CS N° 310/01 este Cuerpo hace lugar al reconocimiento y pago reclamado, a la vez que dispone la liquidación de las sumas adeudadas de la forma que acuerden las partes.


Que el Sr. Rector, a través de la Resolución N° 009/02 suspende la aplicación de la Resolución CS N° 310/01, fundamentado en el Artículo 106, inc. 13, del Estatuto Universitario.


Que el inciso mencionado establece: “Suspender la aplicación de Resoluciones del Consejo Superior hasta su próxima sesión, en la cual debe tratarse indefectiblemente la Resolución observada, pudiendo el Consejo insistir en su cumplimiento con el voto de la mayoría de sus miembros”.


Que han transcurrido dos sesiones a posteriori de la emisión de la Resolución CS N° 310/01, por lo que deviene nula la resolución rectoral por extemporánea.


Que no obstante ello, y teniendo en cuenta los distintos criterios sobre este tema, vertidos tanto por la Dirección General de Personal como por Asesoría Jurídica de la Universidad, resulta conveniente que las presentes actuaciones sean nuevamente consideradas conjuntamente por las Comisiones de Hacienda y de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior, suspendiendo, a la vez, la ejecución de la Resolución CS N° 310/01.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su segunda sesión ordinaria del 7 de marzo de 2002)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Anular la Resolución Rectoral N° 009/02, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.


ARTÍCULO 2°.- Girar las presentes actuaciones a consideración de las Comisiones de Hacienda y de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, quien deberá expedirse a la brevedad posible.





ARTÍCULO 3°.- Suspender la ejecución de la Resolución CS N° 310/01, hasta tanto se expidan las Comisiones de Hacienda y de Interpretación y Reglamento al respecto.


ARTÍCULO 4°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Sra. Nélida FERLATTI, Secretaría Administrativa, Dirección General de Personal y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Comisión de Interpretación y Reglamento conforme a lo dispuesto por el Artículo 2° de la presente.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA