SALTA, 14 DICIEMBRE 2001

Expediente N° 982/01.-

RESOLUCION.CS.Nº 312/01

Visto los recortes al presupuesto universitario que requieren de acciones que permitan a la Universidad y a su personal enfrentarlos con mas fuerza reorientando su presupuesto interno y eliminando gastos inconducentes a tales fines, y


Considerando:


La necesidad que tiene el personal de utilizar sus teléfonos de oficina para realizar llamadas personales sin ocasionar traslados e interrupciones en su trabajo, ni gastos adicionales para la Universidad.


La conveniencia de poner líneas Centrex en los domicilios del personal, pues el costo para la Universidad de las llamadas a los mismos es nulo.


La posibilidad que abre este sistema de auspiciar el trabajo a distancia, como una nueva modalidad operativa, que puede ser conveniente en los casos que oportunamente se podrán determinar.


La conveniencia para la comunidad universitaria de reducir sus costos de llamadas a la UNSa. y entre sí, utilizando todos los beneficios asociados a las líneas Centrex, especialmente teniendo en cuenta el acceso a Internet. Cada empleado evaluará la conveniencia o no de utilizar este beneficio, y habilitar a la UNSa a poner en su casa una línea adicional Centrex, o reemplazar la línea que tuviese con anterioridad. Los costos de abono y funcionamiento de la línea serán restituidos a la Universidad por su personal. El personal tendrá especialmente en cuenta las restricciones que existen al usar este sistema, en el momento de optar, como la forma de digitar las llamadas externas, la imposibilitar de cambiar de proveedor de llamadas nacionales o internacionales, etc., siendo convenientemente asesorado por la Dirección General de Obras y Servicios.


El dictamen favorable de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta que Telecom es el proveedor de servicios telefónicos que cambió las líneas preexistentes de la Universidad al sistema Centrex, ahorrando los costos de intercomunicación en cada ciudad, y que es el único que puede proveer el servicio propuesto, lo que se realizará al mismo costo y condiciones que los prestados actualmente a la Universidad.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 118/01,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoséptima Sesión Ordinaria del 6 de diciembre de 2001)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO1°.- Autorizar a la Dirección General de Obras y Servicios a dar los siguientes servicios al personal de la Universidad Nacional de Salta:


a) Provisión de números PIN para utilizar en el sistema telefónico de Castañares a los efectos de realizar llamadas personales.


  1. Instalación de líneas telefónicas Centrex en domicilios indicados por el personal.


ARTÍCULO 2°.- En ambos casos la Dirección General de Obras y Servicios facturará al personal que utilice dichos servicios el costo de los mismos en forma mensual, pudiendo debitarlo de los salarios en forma automática.


ARTÍCULO 3°.- El personal firmará una autorización de débito de su salario a los efectos del artículo anterior o como garantía. El no pago de dicha factura a los DIEZ (10) días de presentada dará lugar al uso de la garantía y a la baja del sistema.


ARTÍCULO 4°.- El agente que se adhiera deberá haber cobrado el mes anterior al menos PESOS CIEN ($ 100,oo) luego de todos los descuentos y débitos. A tal efecto al solicitar el alta, por única vez, presentará su último recibo de sueldo.


ARTÍCULO 5°.- Tanto la Universidad como el personal podrán cancelar este sistema de forma inmediata, y sin otro motivo que la voluntad, retirando la línea Centrex o anulando el PIN según el caso.


ARTÍCULO 6°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, Unidad de Auditoría Interna, Tesorería General y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Obras y Servicios a sus efectos.-

RSRFDO:
Prof. Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA