SALTA, 03 JULIO 2001



Expediente N° 2.524/01.-


RESOLUCIÓN CS Nº 128/01


VISTO que una de las avenidas circundantes al Campus Universitario lleva el nombre del Dr. Bernardo Houssay;


Que en el mes de octubre próximo se cumplirán cincuenta y cuatro años de habérsele entregado el Premio Nobel de Medicina, en reconocimiento a su labor científica en beneficio de la salud, y por consiguiente de toda la humanidad, y


Considerando:


Que en el marco de las celebraciones del ochenta y tres aniversario de la Reforma Universitaria de 1.918, recordamos a este acaecimiento como un hito importante dentro de lo que es la vida misma de la Universidad publica, que permitió y permite el libre acceso a la educación superior a los sectores populares de nuestra comunidad.


Que esa misma Universidad ha sido capaz de alcanzar reconocimiento a nivel internacional, no solo por la calidad de su enseñanza, sino también por la calidad humana y profesional que alcanzaron sus graduados, al punto de haber dado al país cinco Premios Nobeles.


Que en el marco de la Universidad democrática y popular, se sustentan las bases para el desarrollo integral de la comunidad, a través de la herramienta básica como lo es la educación.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 062/01,



EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Ordinaria del 28 de junio de 2001)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1°.- Erigir un monolito y colocar una placa recordatoria de la labor del Dr. Bernardo Houssay en la intersección de las avenidas Bolivia y la que lleva su nombre.


ARTÍCULO 2°.- Realizar las gestiones pertinentes ante las autoridades municipales de la ciudad capital, a efectos de levantar dicha construcción en el lugar señalado.


ARTÍCULO 3°.- Afectar el personal necesario de la Dirección General de Obras y Servicios de esta Universidad para la ejecución de dicha obra.
ARTÍCULO 4°.- El material necesario será provisto por la Federación Universitaria de Salta (F.U.Sa.) y por el Centro de Estudiantes de Ciencias Exactas (C.E.C.E), como así también estas instituciones se harán cargo de la cobertura de los gastos emergentes.


ARTÍCULO 5°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, ADIUNSa., APUNSa., FUSa., Centros de Estudiantes, Coordinación de Relaciones Internacionales, Dirección de Relaciones Públicas, Radio Universidad, U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, RESÉRVESE en Secretaría del Consejo Superior.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA