SALTA,19 ABRIL 2001

Expediente Nº 2.526/00.-

RESOLUCION.CS.Nº 039/01

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita la convocatoria a elecciones para renovar, entre otros, el Estamento de Profesores del CONSEJO ASESOR de SEDE REGIONAL ORÁN, y


CONSIDERANDO:


Que el Dr. Néstor Juan TARANTO, actual Director de la mencionada Sede, solicita la habilitación para ser incluido en el Padrón de Docentes, dado que por Reglamento de Funcionamiento de Sede se encuentra excluido.


Que, además, el Dr. TARANTO forma parte de la LISTA "FRATERNIDAD UNIVERSITARIA" como candidato para integrar el CONSEJO ASESOR de la mencionada Sede.


Que la JUNTA ELECTORAL de la mencionada SEDE resolvió no oficializar la citada lista, teniendo en cuenta que no cumplía con los requisitos mínimos establecidos en el Acta de la JUNTA ELECTORAL GENERAL.


Que ante ello, la apoderada de la lista FRATERNIDAD UNIVERSITARIA presenta apelación ante tal medida, la cual es aceptada mediante acta de fecha 10/04/2001, por la COMISIÓN COORDINADORA ELECTORAL y la JUNTA ELECTORAL GENERAL de esta Universidad, que resolvieron habilitar al Dr. Taranto como candidato y oficializar la mencionada lista.


Que por tal motivo, la Prof. Mercedes ROSSET de ENCALADA, docente de SEDE REGIONAL ORÁN, interpone Recurso de Apelación ante este Cuerpo, en contra de la mencionada Acta por entender que es competencia exclusiva del Consejo Superior resolver la cuestión planteada, expresando que la Junta Electoral General se tomó atribuciones que no le corresponden.


Que atento a la documentación que obra en el expediente de referencia, corresponde (en primer lugar) resolver la habilitación o no del Dr. TARANTO para participar en estas elecciones.; y posteriormente dilucidar si la lista FRATERNIDAD UNIVERSITARIA puede ser oficializada.


Que en el primer caso, corresponde aplicar las disposiciones contenidas en el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE SEDES REGIONALES, que en su artículo 7° expresa "El Estamento de Profesores de las Sedes Regionales estará integrado por los Profesores Regulares. El Director de Sede no integra el Padrón de Profesores de la misma."


Que este Cuerpo no considera oportuno interpretar que los Directores de Sedes Regionales estén habilitados ante la proximidad de las elecciones.


Que por otro lado, con relación a la oficialización de Lista FRATERNIDAD UNIVERSITARIA, corresponde el estricto cumplimiento a lo resuelto por la JUNTA ELECTORAL GENERAL y la COMISIÓN COORDINADORA ELECTORAL, relativo a los requisitos mínimos para la presentación de listas.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Cuarta Sesión Extraordinaria del 18 de abril de 2001)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1°.- Hacer lugar al Recurso de Apelación interpuesto por la Prof. Mercedes ROSSET de ENCALADA y, en consecuencia, interpretar que el Dr. Néstor Juan TARANTO, Director de Sede Regional Orán, no se encuentra habilitado para participar de las elecciones convocadas para el 20 de Abril del año en curso.


ARTÍCULO 2°.- Hacer lugar a la impugnación formulada por los docentes Carlos M. RAMÍREZ y Mercedes ROSSET de ENCALADA y, en consecuencia, ratificar la decisión adoptada por la JUNTA ELECTORAL de SEDE REGIONAL ORÁN en el sentido de no oficializar la Lista FRATERNIDAD UNIVERSITARIA.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Sede Regional Orán, Junta Electoral General, Junta Electoral de Sede Regional Orán, Dr. Néstor J. Taranto, Profesores Carlos M. Ramírez y Mercedes Rosset de Encalada y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior.

RSR

FDO:
Prof. Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA