SALTA, 29 DICIEMBRE 2000

Expediente Nº 450/98.-

RESOLUCIÓN CS Nº 388/00


VISTO el Convenio Marco suscrito entre la Universidad Nacional de Salta y la Empresa Borax Argentina S.A.; el Protocolo Adicional que involucra al Proyecto de Investigación N° 712 y el Protocolo Adicional que involucra al Proyecto de Investigación N° 558, ambos del CIUNSa.; y


CONSIDERANDO:


Que a través del referido convenio las partes se comprometen a desarrollar y coordinar planes de trabajo conjuntos, tendientes al aprovechamiento de materiales de descarte de la Planta de Campo Quijano.


Que el Consejo de Investigación emitió Resolución N0 60-001/99, aprobando ambos protocolos.


Que el Convenio Marco en su 4ta. Cláusula establece como condición esencial “...que el personal de la Universidad, los responsables designados en la cláusula segunda de los protocolos a suscribirse y los alumnos que intervengan en el Proyecto de Investigación observen la más estricta confidencialidad con relación a los trabajos y en particular respecto a la composición y procedencia de la materia prima proporcionada por la Empresa, no pudiéndose publicar información alguna sin previa y expresa conformidad de la Empresa”


Que tanto la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA como la Dirección de Asesoría Jurídica tomaron la intervención que les compete, ésta última a través de los dictámenes nros. 4654, 4698, 4787, 5086, 5174 y 5210.


Que asimismo, la Empresa como los Directores de los Proyectos de Investigación N0 558 y 712 del CIUNSa prestaron su acuerdo respecto de mantener la confidencialidad prevista en el Convenio.


Que se han tenido en cuenta las observaciones realizadas para la redacción del Convenio Marco y Protocolos Adicionales que fueron firmados, como asimismo a lo sugerido por la Dirección de Asesoría Jurídica sobre la conformidad que deben necesariamente prestar las personas involucradas en los Protocolos, con relación a la confidencialidad que se debe guardar.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 079/00.


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 14 de diciembre de 2000)

R E S U E L V E :


Artículo 1°.- Aprobar y convalidar lo actuado por el Sr. Rector con respecto a la

suscripción del Convenio Marco y Protocolos Adicionales con la Empresa Borax Argentina S.A., cuyos textos obran en el expediente de referencia.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Empresa Borax Argentina S.A., Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Consejo de Investigación, Secretarías, Direcciones Generales y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA