SALTA, 11 DICIEMBRE 2000



Expediente Nº 10.579/00.-

RESOLUCIÓN CS Nº 343/00


VISTO las presentes actuaciones y la presentación efectuada por la Escuela de Antropología de la FACULTAD DE HUMANIDADES de esta Universidad, y


CONSIDERANDO:


Que a través de la misma expresa: “Docentes Graduados y Estudiantes de la Escuela de Antroplogía de la Universidad Nacional de Salta, habiendo tomado conocimiento de la presencia en nuestra provincia del equipo integrado por el Dr. Reinhard y la Lic. Cerutti miembros del proyecto Santuarios de Altura del Sur Andino, con autorización del gobierno de la provincia para realizar excavaciones arqueológicas en diversos sitios de alta montaña, expresan su repudio frente al incumplimiento de la ley de Patrimonio Provincial N0 6649 que establece en su artículo 4° que los permisos para el uso de sitios histórico-arqueológicos serán otorgados por el Museo de Antropología de la Provincia. Para instituciones extranjeras “será indispensable además la autorización del gobierno nacional en orden de competencia” (artículo 3°).

Para que se cumpla la premisa de que las autorizaciones se otorgan en un marco de seriedad en cuanto a política científica, es necesario la existencia de un proyecto previo debidamente formulado y evaluado por profesionales competentes en el área. Asimismo, es imprescindible el cierre de toda instancia de investigación con la presentación de un informe a las autoridades y su puesta a consideración de la comunidad científica. En el año transcurrido desde la ultima campaña de este equipo existe sólo una profusa difusión de aspectos irrelevantes en órganos no especializados.

La aplicación práctica de la ley, llevó a que el Museo de Antropología estableciera claras condiciones de autorización, evaluación de proyectos, presentación de informes, inventario, documentación, lugar de depósito y conservación de las piezas rescatadas. Estas instancias fueron cumplidas por ejemplo tanto en el caso del Proyecto Arqueológico Calchaquí con Instituciones de EEUU, como por los investigadores nacionales y locales. Se desprende entonces una situación de inequidad agravada por la superposición de áreas de estudio ya autorizadas a otros investigadores.

Nuestro reclamo se basa no solamente en cuestiones administrativas de la política científica sino que son vitales en su consecuencia, la Protección y Preservación del Patrimonio. Nuestra preocupación además, como miembros de la comunidad universitaria y profesionales del área, es que se plantee un problema institucional por cuanto la Provincia de Salta es custodia de la colección del Museo de Arte y Folklore de la Universidad Nacional de Salta cerrado por decreto de la intervención militar. Esta representa gran parte de los materiales que son expuestos o se encuentran en el depósito del Museo de Antropología. La política errática de la Provincia con relación a las garantías de protección del Patrimonio Cultural en general y Arqueológico en particular puede llevar a cuestionar la pertinencia de tal custodia.

La Universidad Nacional de Salta a través de sus autoridades y profesionales expresó en diversas instancias tanto a funcionarios de la provincia como a la comunidad en general su inquietud con relación a los problemas patrimoniales y científicos vinculados con los hallazgos del Llullaillaco, sin haber obtenido hasta la fecha una respuesta satisfactoria.”

“Solicitamos en forma urgente y hacemos público nuestro reclamo:

  1. Que se clarifique la situación de autorización al equipo financiado por la National Geographic Society, se de a conocer cuál es el proyecto e instituciones científicas que lo respaldan, el tratamiento de los bienes culturales que se extrajeron y las publicaciones científicas que se produjeron.


  1. Basados en recomendaciones de diversas reuniones científicas en el papel de las disciplinas del área con respecto a la responsabilidad sobre el Patrimonio Público solicitamos que se detengan los trabajos de excavación actualmente en curso y que se acoten las autorizaciones a trabajos exploratorios, sin exhumación de cuerpos y material asociado. Este punto es particularmente sensible al reclamo efectuado por algunas comunidades, resaltando fa ausencia de políticas con respecto al uso cultural del pasado.”


Que asimismo, el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, mediante Resolución N° 724/00, adhirió en todos sus términos a la presentación efectuada por la citada Escuela de Antropología.


Que este Cuerpo expresa su más profunda preocupación por esta situación y entiende que las acciones relacionadas con este tipo de trabajos se realicen en el marco de lo dispuesto por la normativa vigente, cual es la Ley de Patrimonio Provincial N° 6649.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 152/00,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoséptima Sesión Ordinaria del 30 de noviembre de 2000)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Adherir al reclamo efectuado por la Escuela de Antropología de la FACULTAD DE HUMANIDADES, cuyo texto se transcribe en los considerandos de la presente.


ARTÍCULO 2°.- Repudiar el incumplimiento de la Ley de Patrimonio Provincial N° 6649 por parte de instituciones extranjeras y en defensa de la protección y preservación del patrimonio cultural provincial y nacional.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Poder Ejecutivo Provincial, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Escuela de Antropología y Secretarías. Cumplido, siga al Sr. Rector a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA