SALTA, 27 NOVIEMBRE 2000


Expediente Nº 17.550/00.-

RESOLUCIÓN CS Nº 327/00


VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Secretario de Bienestar Universitario realiza gestiones ante el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS tendientes a la obtención de becas destinadas


CONSIDERANDO:


Que la mencionada Secretaría gestionó el beneficio de becas para estudiantes de la Universidad Nacional de Salta, provenientes de comunidades aborígenes, atendiendo a las necesidades de los mismos.


Que la información sobre los trámites a seguir fue remitido por el I.N.A.I. dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente, cumplimentándose los mismos de acuerdo a lo solicitado.


Que la Secretaría de Bienestar Universitario mantuvo contacto permanente con la encargada del área becas del INAI, a efectos de agilizar las gestiones.


Que la Secretaría recibía información satisfactoria de los trámites realizados y recién con fecha 31/10/00 (vía fax) se le informa sobre la documentación faltante.


Que la demora administrativa provocada por el I.N.A.I. no sólo ocasiona inconvenientes a nuestra Universidad, sino lo que es más grave aún perjudica a los postulantes, todos estudiantes proveniente Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimosexta Sesión Ordinaria del 16 de noviembre de 2000)

R E S U E L V E :


ARTICULO 1°.- Repudiar la actitud desconsiderada de la administración del I.N.A.I., quien desconoce la autoridad del Sr. Rector como autoridad para realizar las gestiones correspondientes al Programa de Becas para estudiantes aborígenes , como así también por demorar innecesariamente las gestiones.


ARTICULO 2°.- Hacer conocer a la Sra. Ministra de Desarrollo Social y Medio Ambiente, que la demora de la tramitaciones por parte del I.N.A.l, constituye un acto discriminatorio a los estudiantes aborígenes de nuestra Universidad.
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA