SALTA, 27 NOVIEMBRE 2000


Expediente Nº 1.299/00

RESOLUCIÓN CS Nº 322/00


VISTO la Ley Nº 25.237 aprobatoria del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el EJERCICIO 2000 y la Resolución Nº 129/00-CS PRESUPUESTO GENERAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, y


CONSIDERANDO:


Que el Consejo Superior de cada Universidad es responsable de la incorporación de los recursos de acuerdo al Capítulo IV-artículo 134 de la Resolución nº 1.038/96 y de efectuar el reordenamiento y ajuste necesario de las partidas que la integran.

Que los recursos percibidos por el desarrollo de diversas actividades autofinanciadas deben incorporarse al presupuesto en los términos del artículo 134 de la Resolución Nº 1.038/96.


Que en el séptimo considerando de la Resolución Nº 129/00-CS indica la necesidad de incorporar los recursos genuinos mencionados.


Que por el Artículo 2º de la Resolución Nº 129/00-CS se ha efectuado el cálculo de recursos por actividades autofinanciadas correspondientes al porcentaje neto de la Universidad, correspondiendo la incorporación al presupuesto de los montos restantes.


Que el artículo 15 de la Resolución Nº 129/00-CS, concordante con el artículo 2º, regula en términos generales el procedimiento a seguir para los recursos propios de la Universidad, es decir la incorporación y exposición de las cuentas presupuestarias y contables de toda operación económico-financiera que genere recursos propios.


Que por Expediente Nº 1270/00 se tramita la incorporación de los recursos propios correspondiente al período Enero-Agosto/00.


Que es necesario ajustar los créditos de la Fuente 12 a los fines de dar cumplimiento con la disposición 31/00 CGN.


Que en el mes de Setiembre del 2000 la Universidad a través de sus respectivos Centros de Gestión ha generado recursos propios por actividades autofinanciadas y otras, por un monto total de $ 136.007.96 de los cuales corresponden a una imputación presupuestaria con afectación específica de $ 128.496.56 para la Función 4 - Cultura y Educación - y la suma de $ 7.511.40 para la Función 5 - Ciencia y Técnica - según información suministrada por Dirección de Contabilidad que surgen de los registros del Sistema de Tesorería y del Sistema de Contabilidad de la Administración Central.


Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO ha efectuado la intervención que le compete mediante la elaboración del proyecto de resolución.


Que resulta necesario realizar la adecuación de los créditos según el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 185/00,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimosexta Sesión Ordinaria del 16 de noviembre de 2000)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Incorporar al PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA EJERCICIO 2000 - Finalidad 3- Servicios Sociales, la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL OCHO CON 56/00 ($ 136.008.56); desagregados para la Función 4 - Educación y Cultura - en la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 16/100 ($ 128.497.16 ); para la Función 5 – Ciencia y Técnica – la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ONCE CON 40/100 ($ 7.511.40) según Anexo I.


ARTÍCULO 2º.- Incorporar y modificar el CÁLCULO DE RECURSOS DEL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA para el EJERCICIO 2000 en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL OCHO CON 56/00 ($ 136.008.56) de acuerdo al detalle del ANEXO II al presente artículo.


ARTÍCULO 3º.- Aprobar la distribución de la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL OCHO CON 56/00 ($ 136.008.56) – Fuente de Financiamiento 12 – Recursos Propios - según ANEXO III-a-b-c al presente artículo.


ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que el financiamiento por Fuente 12 - Recursos Propios está sujeta a revisión posterior a los fines de detectar duplicaciones y efectuar el ajuste respecto de lo calculado y efectivamente recaudado en los términos del artículo 2º de la Resolución nº 129/00-CS, con la posible afectación de otra fuente.


ARTÍCULO 5º.- Hágase saber y comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Secretaría Administrativa, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad y U.A.I.. Cumplido, siga a SECRETARÍA ADMINISTRATIVA para su toma de razón y demás efectos.
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA