SALTA, 01 AGOSTO 2000

Expediente Nº 8.263/99.-

RESOLUCIÓN CS Nº 166/00


VISTO las presentes actuaciones y el Reglamento de Cursos de Extensión Universitaria, aprobado mediante Resolución CS Nº 444/99;


CONSIDERANDO:


Que la Secretaría Académica de Rectorado solicita reconsiderar la Resolución CS Nº 444/99, propendiendo a su modificación con la finalidad de facilitar y agilizar los trámites de los cursos de extensión.


Que dicha modificación contempla la necesidad de incorporar en el Artículo 2° del Anexo I a las Sedes Regionales e Institutos de Educación Media como dependencias organizadoras de estos cursos; a la vez que sugiere la incorporación de un articulado a través del cual las dependencias organizadoras de cursos se obliguen a informar de los mismos a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA.

Que las COMISIONES DE INTEPRETACIÓN Y REGLAMENTO y de DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo emitieron su opinión, mediante Despachos Nros. 029/00 y 097/00, respectivamente.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Tercera Sesión Extraordinaria del 06 de julio de 2000)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Sustituir el Artículo 2° del ANEXO I de la Resolución CS N° 444/99 (Reglamento de Cursos de Extensión Universitaria), por el siguiente:


“ARTÍCULO 2°.- Dichos cursos serán organizados por una o más Facultades, Consejo de Investigación, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media o Secretarías de la Universidad (en adelante organismos) y deberán contar con la autorización de los Consejos Directivos, el Consejo de Investigación o el Consejo Superior, según corresponda.”


Artículo 2º.- Incluir como Artículo 9° del Anexo I de la Resolución CS Nº 444/99, el siguiente texto:

“ARTÍCULO 9°.- Los organismos responsables de dichos cursos, deberán informar de la realización de los mismos a la Secretaría de Extensión Universitaria a los fines de contar con un registro estadístico y poder aportar a la difusión de los mismos”.


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, U.A.I. y Dirección de Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría de Extensión Universitaria para su toma de razón y demás efectos.-

RSR


Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA