SALTA, 28 JUNIO 2000


Expediente N° 16.680/99.-


RESOLUCIÓN CS Nº 134/00


VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Dra. Irene De Paul, en su carácter de Directora del Proyecto Nº 799 del Consejo de Investigación, eleva propuesta para la suscripción de un Protocolo de Trabajo con la Universidad Nacional del Nordeste, en el marco del Acuerdo Plenario Nº 142/94 del CIN, aprobado por esta Universidad mediante Resolución Nº 362/94, y


CONSIDERANDO:


Que a través de este Protocolo se realizarán trabajos de investigación en común, en el área de la fluidodinámica térmica y estructural, dentro del campo de las energías renovables y uso racional de la energía, en los que trabajan el Departamento de Física de la Facultad de Ciencias Exactas y el INENCO.


El Dictamen Nº 5414 de la Dirección de Asesoría Jurídica, agregado a fojas 25 de este expediente, que observa que para dar validez al Protocolo debe ser ratificado por el Consejo Superior y suscrito por el Sr. Rector, conforme a lo establecido en el art. 106 del Estatuto Universitario.


Que mediante Resolución Nº 109/00 (fs. 21) el Consejo Superior de la Universidad Nacional del Nordeste, ratifica el Protocolo suscrito entre el Proyecto Nº 799 del Consejo de Investigación de la UNSa y el Laboratorio de Aerodinámica de la Facultad de Ingeniería en el marco del Convenio General suscito entre las UUNN y Provinciales.


El Acuerdo Plenario Nº 142/94 del CIN (fs. 9/10 de las actuaciones de referencia).


Que COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo emitió su opinión, mediante Despacho N° 066/00.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Octava Sesión Ordinaria del 15 de junio de 2000)

R E S U E L V E :



Artículo 1°.- Aprobar el Protocolo a suscribir entre el Proyecto de Investigación Nº 799 del Consejo de Investigación de la UNSa y el Laboratorio de Aerodinámica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad NACIONAL del Nordeste (Anexo i a la presente), en el marco del Convenio Marco entre las Universidades Nacionales y Provinciales.

Artículo 2°.- Autorizar al Sr. Rector a la suscripción del Protocolo mencionado en el artículo precedente, en acuerdo al artículo 106 de Estatuto Universitario.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Exactas, Consejo de Investigación, Dra. Irene DE PAUL, Universidad Nacional del Nordeste y Facultad de Ingeniería de la misma. Cumplido, siga a Rectorado para su toma de razón y demás efectos.-

RSR


Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA


ANEXO I – Expediente N° 16.680/99.-


PROTOCOLO DE INVESTIGACION EN EL AEREA DE FLUIDODINAMICA TERMICA Y ESTRUCTURAL ENTRE

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE

Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, representada en este acto por el Sr. Rector, Dr. Víctor Omar VIERA, con domicilio legal en calle Buenos Aires N° 177 de la ciudad de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE representada en este acto por su Rector, Dr. Adolfo D. TORRES, con domicilio legal en calle 25 de mayo 868 de la ciudad de Corrientes, acuerdan celebrar un PROTOCOLO DE INVESTIGACION EN EL AREA DE FLUIDODINAMICA TERMICA Y ESTRUCTURAL, en consideración a:


La necesidad del trabajo en conjunto entre los investigadores que integran el Laboratorio de Aerodinámica del Departamento de Estabilidad de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional del Nordeste, y los integrantes del Proyecto de Investigación N 799 del Consejo de Investigación de la Universidad Nacional de Salta para desarrollar tareas de investigación en el área fluidodinámica térmica y estructural.


Que dichas tareas representarán un avance en la integración regional de ambas Universidades.


Que el presente Protocolo se encuadra en el marco del Convenio de Cooperación firmado entre las Universidades Nacionales y Provinciales, en los términos acordados en el Acuerdo Plenario N° 142/94 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).


El presente CONVENIO se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: OBJETIVO: Desarrollar tareas de investigación en el área fluidodinámica térmica y estructural.


SEGUNDA: AREAS INVOLUCRADAS:

Por la Universidad Nacional del Nordeste:

El Laboratorio de Aerodinámica, Departamento Estabilidad de la Facultad de Ingeniería.


Por la Universidad Nacional de Salta:

El Proyecto de Investigación N 799 del Consejo de Investigación


TERCERA: RESPONSABLES:

Por la Universidad Nacional del Nordeste:

El Director del Departamento de Estabilidad: Ing. Mario Bruno NATALINI


Por la Universidad Nacional de Salta:

La Directora del Proyecto N 799: Lic. Irene DE PAUL


CUARTA: INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO A USAR:

Por parte de la UNNE:

- Túnel de Viento

- Equipo de anemometria

- Sistema de medición de presiones


Por parte de la UNSa.:

- Sistemas de Visualización de Flujos y medición de velocidades.

- Equipamiento para realizar medidas térmicas


QUINTA: PRODUCTOS Y METAS A LOGRAR:

Caracterizar el comportamiento aerodinámico y térmico de estructuras a determinar a partir del empleo de modelos a pequeña escala.


SEXTA: PLAZOS Y ETAPAS:

Las tareas que surjan del presente protocolo se prevén realizar durante los años 2000 - 2001 con las siguientes etapas:


TAREA 2000 2001

Visualización de flujos ------ -----

Medidas térmicas ------ -----

Ensayos en túnel de viento ------ -----

Medidas de velocidad ------ ------


SEPTIMA: PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO:

Con fondos provenientes de la Facultad de Ingeniería y Asociación de Apoyo a la Facultad (AFIN) se financiará el funcionamiento del túnel de viento, la construcción de maquetas y el desplazamiento del personal de la UNNE, y con fondos del Proyecto N 799 del CIUNSa se financiará la parte de instrumentación que corresponde al proyecto y los gastos de desplazamiento del equipamiento y personal de la UNSa.


OCTAVA: RESCISION:

Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier diferendo que pueda surgir; en caso de conflicto las partes se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.


En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta a los....días del mes de .... del año dos mil.