SALTA, 14/04/00.-

Expediente Nº 10.996/99

 

RESOLUCION CS 069/00

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Msc. Gladys Ana María MONASTERIO de GONZO, Profesora Regular Adjunta de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, solicita se le conceda el beneficio de AÑO SABÁ TICO por el término de seis (6) meses del Año Sabático, a partir del 1° de julio de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que durante el usufructo del Año Sabático, la docente se abocará a redactar un libro de campo de los peces de la Provincia de Salta, cuya investigación viene desarrollando desde 1982.

Que el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, mediante Resolución Nº 118/00, resolvió avalar el pedido formulado y solicita a este Cuerpo dar curso favorable al mismo, conforme a las disposiciones contenidas en la reglamentación vigente y en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 20 del Estatuto de la Universidad.

Que se han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los Artículos 4° Y 6° del Reglamento aprobado por Resolución CS Nº 472/89.

Que la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA, mediante Despacho Nº 050/00, emitió su opinión al respecto.

Por ello y en uso de la atribuciones que le son propias,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Cuarta Sesión Ordinaria del6 de Abril de 2000)

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º.- Otorgar a la Msc. Gladys Ana María MONASTERIO de GONZO, Profesora Regular en la Categoría de Adjunta de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, el beneficio de AÑO SABÁTICO a partir del 1° de Julio del corriente año y por el término de seis (6) meses.

 

ARTICULO 2°.- Establecer que la MSc. MONASTERIO de GONZO, una vez concluido el uso de este beneficio, deberá presentar un informe de las actividades desarrolladas al CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES para su aprobación.

 

ARTICULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Naturales, Dirección General de Personal, Obra Social y Msc. Monasterio de Gonzo. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA