SALTA, 15 MARZO 2000



Expediente N° 4.621/99.-


RESOLUCIÓN CS Nº 034/00

Visto las presentes actuaciones y en particular:



Considerando:


Que el Consejo Directivo de la Facultad no hace referencia a:



Que el encuadre del Año Sabático dado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina de la Facultad de Humanidades no coincide con el dado por la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior (fs. 21).


Que este cuerpo otorgó el beneficio Año Sabático solicitados por las diferentes Unidades Académicas, siempre que las actividades a desarrollar se inscribiesen en un marco de planes y programas institucionales con objetivos claros a lograr para hacer una justa valoración una vez finalizado el mismo.


Que COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo emitió su opinión, mediante Despacho N° 019/00.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Ordinaria del 9 de Marzo de 2000)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- No hacer lugar a la solicitud de Año Sabático formulado por la Lic. Nilda Masci, docente de la FACULTAD DE HUMANIDADES, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Solicitar a la Facultad de Humanidades que encuadre el pedido de la Lic. Nilda Masci en licencia extraordinaria con goce de haberes por el período lectivo 2000, como lo estipula el Artículo 15, inciso a) de la Resolución N° 343/83.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Humanidades, Dirección General de Personal y Lic. Nilda MASCI. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica a sus efectos.-

RSR


Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA