SALTA, 15 MARZO 2000


Expediente N° 12.196/99.-


RESOLUCIÓN CS Nº 028/00


VISTO estas actuaciones por las cuales Personal de Apoyo Universitario de la Facultad de Ciencias de la Salud plantean situación de los Departamentos Docencia y Alumnos y solicitan se autorice el pago de un adicional por mayor extensión horaria, y


CONSIDERANDO:


Lo solicitado por la Comisión de Hacienda de la Facultad, a fojas 14: “Visto las presentes actuaciones por las cuales agentes de esta Facultad solicitan el pago de un adicional por mayor extensión horaria y debido a la escasa planta con que cuenta la Facultad, esta Comisión solicita con pronto despacho a la Secretaría Administrativa interpretación de la ley 24.447 en el sentido de definir si el 15% de crédito destinado a otros gastos distintos a personal, corresponde a la Universidad en su conjunto o a cada unidad en particular”


Que la Dirección de Asesoría Jurídica entiende que la interpretación respecto al alcance de la norma, en cuanto a definir si el 15% de crédito destinado a Otros Gastos distintos de Gastos en Personal, es una cuestión de exclusiva competencia del Consejo Superior.


Que COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo emitió su opinión, mediante Despacho N° 009/00.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Ordinaria del 9 de Marzo de 2000)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Interpretar que el QUINCE POR CIENTO (15%) a que hace referencia el Articulo 19 de la Ley 24.447 debe entenderse a nivel Universidad.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias de la Salud, Secretaría Administrativa, Dirección General de Personal, Dirección de Presupuesto y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA