SALTA, 29 febrero 2000
Expediente N° 10.716/99.-

RESOLUCIÓN CS Nº 004/00

VISTO las presentes actuaciones y la Resolución N° 1.414/99 por la cual el Decano de la Facultad de Ciencias NATURALES autoriza la impresión entradas numeradas para el cobro de aranceles para el ingreso a los salones de exhibición del MUSEO DE CIENCIAS NATURALES, cuyo monto oscila entre DIEZ CENTAVOS ($ 0,10) y PESOS UNO ($ 1,oo), y

CONSIDERANDO:
Que, asimismo, dispone que el 10% que se recaude por este concepto será imputado a la cuenta INGRESOS NO TRIBUTARIOS – DERECHOS y el 90% será depositado en la cuenta bancaria que posee la Facultad y destinado a atender los gastos que genera el Museo.
Que, a través del Artículo 4°, solicita que este Cuerpo exima a la mencionada UNIDAD ACADÉMICA el depósito del 10% aludido precedentemente y contemplado en las reglamentaciones vigentes.
Que, al respecto, el Artículo 13 de la Resolución CS N° 078/99 establece que “los recursos propios generados en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, cualesquiera sea su naturaleza y origen, quedan sujetos a una retención del 10% directo a favor y disposición del Consejo Superior, salvo que la normativa vigente establezca una alícuota o distribución diferente o se encuentren expresamente exceptuados.
Que el Artículo 4° del Reglamento de Funcionamiento y Financiamiento de las Actividades Académicas Autofinanciadas dispone la forma de distribución de la participación que reciba esta Universidad como consecuencia de generación de actividades académicas autofinanciadas.
Que, teniendo en cuenta lo establecido en las reglamentaciones citadas, no corresponde hacer lugar a lo solicitado.
Que COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo emitió su opinión, mediante Despacho N° 003/00.
Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Primera Sesión Ordinaria del 24 de Febrero de 2000)
R E S U E L V E :

Artículo 1°.- Convalidar los aranceles fijados por la Facultad de Ciencias Naturales mediante Resolución N° 1.414/99 y disponer que, sobre el total recaudado en este concepto, se efectué la retención del 10% fijado en la Resolución CS Nº 128/99 y se realice el depósito en la cuenta Ingresos No Tributarios de esta Universidad.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Naturales, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad, Dirección de Presupuesto, U.A.I. y Tesorería General. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica a sus efectos.-
RSR

Fdo.
Prof.Juan Antonio BARBOSA
Dr. Victor Omar VIERA