SALTA,04 OCTUBRE 1999

Actuación FCS N° 25/99.-

RESOLUCION.CS. Nº 311/99

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el señor Eric A. Pizarro Marín, L.U.N° 600.424, alumno de la Carrera de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud solicita se le conceda una prórroga del plazo para completar sus estudios universitarios, y


CONSIDERANDO:


Que el Artículo 10 de la Resolución N° 1.523/90 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación establece: "Los estudiantes extranjeros deberán completar su carrera en el término máximo dado por la duración establecida en el plan de estudios, con un adicional de un (1) año para carreras con duración estipulada en menos de cuatro (4) años y de dos (2) para aquellas cuya duración sea de cuatro (4) años o más."

Que, asimismo, el Artículo 1° de la Resolución N° 1.033/97 del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA NACIÓN expresa: "Autorizar a las Universidades Nacionales a resolver, en consideración a las circunstancias particulares de cada caso, las solicitudes de prórroga del plazo para que los estudiantes extranjeros concluyan los estudios, previstos por el art. 11 de la Resolución N° 1.813/78 y 10 de la Resolución N° 1.523/90."


Que la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD informa que el 27/03/99 operó el vencimiento del plazo para que el alumno Pizarro Marín complete sus estudios, por lo que corresponde tramitar la prórroga del mismo.


Que es atendible la presente solicitud, teniendo en cuenta que al alumno Pizarro Marín sólo le resta preparar y defender su trabajo de tesis, previo a la obtención del correspondiente título universitario.


Que la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 179/99.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimo Tercera Sesión Ordinaria del 30 de Setiembre de 1999)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Prorrogar el plazo hasta el 31/03/2000 para que el Sr. Eric Alexander PIZARRO MARÍN, L.U. N° 600.424, alumno de la Carrera de Enfermería de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, concluya sus estudios universitarios en la citada carrera, en el marco de la Resolución Ministerial 1.033/97.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias de la Salud, alumno Pizarro Marín, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica a sus efectos.-

RSR

Fdo:

Prof. Juan Antonio Barbosa

Dr. Juan Carlos Gottifredi