SALTA, 24 AGOSTO 1999



Expediente Nº 1.171/98.-


RESOLUCIÓN CS N° 235/99


VISTO las presentes actuaciones y la Resolución C.S. Nº 038/99 por la que se homologa, con modificaciones, la Resolución R. Nº 661/98 que aprueba el Convenio Marco suscrito entre la Universidad Nacional de Salta, la Cámara del Tabaco de Salta, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la Cooperativa de Productores Tabacaleros de Salta Ltda. y el Bachillerato Laboral con Orientación Agrotécnica de Cerrillos Nº 5.015, y



CONSIDERANDO:


Que el Artículo 2ª de la Resolución CS. Nº 038/99 dispone que, a través de la Secretaría de Cooperación Técnica, se proceda a la redacción del documento del Convenio Marco con las modificaciones sugeridas, para lo cual se elaboró un Acta Complementaria al Convenio ya suscrito.


Que dicha Acta Complementaria fue puesta a consideración de las Partes firmantes.


Que el señor Secretario de Cooperación Técnica informa que:


"Se tomó conocimiento de la Resolución CS Nº 038/99 y en virtud a lo establecido en el Artículo 2º, se procedió a solicitar a las cuatro Instituciones firmantes del Convenio, consideren la posibilidad de firmar un Acta Complementaria con las modificaciones enunciadas, según consta de fojas 32 a 37 de las presentes actuaciones.

A la fecha no se recibió contestación alguna, y teniendo en cuenta que de acuerdo a lo conversado, el Convenio firmado había sido previamente consensuado entre las partes y cuenta con la conformidad de las respectivas Asesorías Legales, por lo consiguiente resulta complicado acceder a la modificación.

Con lo informado, se remite a Secretaría del Consejo Superior para su conocimiento y a fin de que en carácter de excepción reconsidere la medida, atento al tiempo transcurrido y a la complejidad del trámite."


Que las modificaciones dispuestas mediante Resolución CS Nº 038/99 no afectan la finalidad del Convenio, por lo que se considera atendible lo solicitado por la Secretaría de Cooperación Técnica.


Que la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 041/99.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias



EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décima Sesión Ordinaria del 19 de Agosto de 1999)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Derogar la Resolución CS Nº 038/99 y, consecuentemente, homologar la Resolución R. Nº 661-98 sin modificaciones.


Artículo 2º.- Recomendar a la Secretaría de Cooperación Técnica tenga presente, para futuros trámites, las modificaciones propuestas en las presentes actuaciones.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Asesoría Jurídica y Secretaría de Cooperación Técnica. Cumplido, siga esta última dependencia para su toma de razón y demás efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Juan Carlos GOTTIFREDI