SALTA,28 JUNIO 1999


Expte. N° 4.667/98 - Ref. Nros. 10/98 y 13/98.-


RESOLUCION.CS. Nº 158/99

VISTO las resoluciones Nros. 209/99 y 211/99 del Decanato de la FACULTAD DE HUMANIDADES, dictada ad-referéndum de su CONSEJO DIRECTIVO, por las que se designan a la Sra. Graciela Dora KOELE y Prof. Alejandra Julia CEBRELLI, en un cargo de Instructor Estudiante y un cargo de Instructor Docente, respectivamente, destinados al Ingreso 1999, y


CONSIDERANDO:


Que DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL observa que los Instructores designados se encuentran en situación de incompatibilidad en su carga horaria, según lo establece el Régimen de Incompatibilidad vigente en esta Universidad.


Que, por tal motivo, la Srta. KOELE presenta su renuncia a un cargo de Auxiliar Docente de 2da. Categoría de la Facultad de Ciencias Económicas Jurídicas y Sociales, a partir del 18/05/99.


Que, asimismo, la Prof. CEBRELLI interpone renuncia al cargo de Instructor Docente, a partir del 18/05/99, solicitando la liquidación de los haberes por el período que ejerció como tal.


Que el Sr. Decano de la Facultad de Humanidades solicita autorización para que DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL proceda a efectuar la liquidación de los haberes correspondientes a las agentes mencionadas, durante el período en que se encontraban en situación de incompatibilidad.


Que la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 053/99.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Séptima Sesión Ordinaria del 24 de Junio de 1999)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Exceptuar del Régimen de Incompatibilidad de esta Universidad a la Srta. Graciela Dora KOELE y Lic. Alejandra Julia CEBRELLI, en los cargos de Instructores Estudiante y Docente, respectivamente, de la FACULTAD DE HUMANIDADES para el Ingreso 1999.


ARTÍCULO 2°.- En consecuencia, autorizar a DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL

a proceder a la liquidación y pago de los haberes de las citadas agentes durante el lapso en que se encontraban en situación de incompatibilidad.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Humanidades, Dirección General de Personal, agentes mencionadas y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-

RSR

Fdo:

Prof. Juan Antonio Barbosa

Dr. Juan Carlos Gottifredi