SALTA,03 JUNIO 1999

Expediente N° 2.513/96 -


RESOLUCION.CS. Nº 122/99

VISTO las presentes actuaciones y la Resolución CS N° 187/95 por la cual se otorga el padrinazgo de esta Universidad a la Escuela N° 497 - La Esperanza - Rivadavia Banda Sur, y


CONSIDERANDO:


Que, en virtud del compromiso asumido, la Universidad ha procedido a efectuar una donación de bienes al mencionado establecimiento educacional en Agosto de 1997.


Que dicha donación no ha sido formalizada a través de un acto administrativo de esta Casa.


Que, a los fines de proseguir con el trámite administrativo respectivo, corresponde homologar la donación efectuada, teniendo en cuenta que han tomado la debida intervención las oficinas pertinentes.


Que la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 041/99.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 3 de Junio de 1999)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1°.- Convalidar la transferencia sin cargo de los bienes que a continuación se detallan, a favor de la Escuela N° 497 de la Esperanza -Rivadavia Banda Sur:



ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Patrimonio y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Patrimonio a sus efectos.-

RSR

Fdo:

Prof. Juan Antonio Barbosa

Dr. Victor Omar Viera