SALTA,27 MAYO 1999


Expediente N° 6.159/95.-


RESOLUCION.CS.Nº 096/99

VISTO estas actuaciones relacionadas con: el usufructo de licencia sin goce de haberes en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, por parte del C.P.N. Ramón Espilocín; el ejercicio del cargo de Auditor Interno de la UNSa durante el período 1995-1997; la liquidación y pago en el cargo de Auditor, de 75 (setenta y cinco) días correspondientes a vacaciones; la Resolución Rectoral Nº 455/98 que deviene como cobro indebido estas vacaciones que debieron liquidarse en el cargo docente al cual se reintegró y dispone que el Cr. Espilocín deberá reintegrar a la Universidad la suma de $ 5.956,27; el Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio interpuesto por el Cr. Espilocín en contra de las Resolución Rectoral Nº 455/98, y


CONSIDERANDO:


Que mediante Resolución Rectoral Nº 493/98, fundada en Dictamen Nº 4691 de la Dirección de Asesoría Jurídica, se rechaza el Recurso de Reconsideración interpuesto ante la instancia rectoral.


Que, analizados los informes producidos por los organismos intervinientes en este trámite y que se encuentran incorporados al Expediente, este Cuerpo entiende que la Licencia Anual Reglamentaria se ha establecido para ser usufructuada mientras se continúa percibiendo los haberes que corresponda.


Que solamente corresponde percibir un pago extra por vacaciones cuando la relación laboral cesa sin que se haya usufructuado la licencia que correspondía.


Que para el caso en que los agentes cambian de cargo o categoría, independientemente de que la asignación sea mayor o menor, corresponde que los mismos hagan uso de sus licencias pendientes generadas en el ejercicio del cargo anterior, durante el desempeño del cargo actual.


Que la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo ha emitido su opinión mediante Despacho N° 018/99.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su Quinta Sesión Ordinaria del 20/05/99)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Ratificar las Resoluciones Rectorales Nºs: 455/98 y 493/98 y,

consecuentemente, rechazar el Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto por el C.P.N. Ramón Espilocín.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, Cr. Ramón Espilocín, Dirección General de Personal y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica para su toma de razón y demás efectos.-

RSR

Fdo:

Prof. Juan Antonio Barbosa

Dr. Victor Omar Viera