SALTA, 01 MARZO 1999



Expediente Nº 2.516/95

RESOLUCION.CS.Nº 041/99


VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el TUAP Roberto Silvio RODRÍGUEZ, agente dependiente de la Planta de Personal de Apoyo Universitario de la Secretaría del Consejo Superior, solicita en reiterados trámites, el pago de haberes retroactivos en concepto de funciones de mayor jerarquía durante el período 1º de diciembre de1993 al 31 de noviembre de 1997, y



CONSIDERANDO:


Que mediante Resolución R. Nº 218-98 no se hace lugar al petitorio descripto precedentemente, basándose en el Dictamen Nº 4498 de Asesoría Jurídica, el que entre otros puntos destaca que "el entonces Secretario del Consejo Superior carecía de atribuciones para encomendar funciones que excedan la categoría de revista del agente" y que "tales funciones recién son reconocidas en la Resolución R.Nº 618/97 de fecha 5/12/97, en la que se encomienda transitoriamente al TUAP Roberto Silvio Rodríguez las funciones administrativas de Jefe de Departamento de Resoluciones y Digesto de la Secretaría del Consejo Superior, a partir del 1º/12/97 y hasta tanto se cubra el cargo por la vía de concurso...".


Que notificado de dicha Resolución, el reclamante interpone en tiempo y forma, RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y JERÁRQUICO EN SUBSIDIO, solicitando por la misma se revoque en todas sus partes la Resolución R. Nº 218/98, por considerarla discriminatoria, ilegítima y anticonstitucional, basándose principalmente en el hecho de que existen antecedentes similares que tuvieron otro tratamiento y que resultaron favorables al reclamante.


Que mediante Resolución R.Nº 354-98 de fecha 29/05/98 agregada a fojas 92 a 94 y fundamentada en lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica a fojas 90 y 91 se rechaza, en la instancia Rectoral, el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Roberto S. Rodríguez, en contra de la Resolución R.Nº 218/98.


Que habiéndose interpuesto en tiempo y forma Recurso de Reconsideración y JERÁRQUICO EN SUBSIDIO, el que cuenta con dictamen jurídico, corresponde su tratamiento en la instancia del Consejo Superior.

Que la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo comparte las razones expuestas por Asesoría Jurídica en su Dictamen Nº 4580 de fecha 20/05/98, agregado a fojas 90 y 91 de este expediente, por lo que aconseja rechazar el Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto por el Sr. Rodríguez en contra de la Resolución R.Nº 218/98.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Primera Sesión Ordinaria del 25 de Febrero de 1999)

R E S U E L V E :



ARTÍCULO 1º.- Rechazar el Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto por el TUAP Roberto Silvio RODRÍGUEZ, en contra de la Resolución R. Nº 218/98, por las razones dictaminadas por la Dirección de Asesoría Jurídica en Dictamen Nº 4580 y que obran agregadas a fojas 90 y 91 de las presentes actuaciones.


ARTÍCULO 2º.- Notificar al TUAP Roberto Silvio RODRÍGUEZ que, en contra de la presente Resolución, podrá interponer los recursos legales correspondientes, conforme lo establece la Ley de procedimientos Administrativos y dentro de los plazos por ella estipulados.


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Secretaría del Consejo Superior, y notifíquese en tiempo y forma al TUAP Roberto Silvio Rodríguez. Cumplido, resérvese.-

RSR

Prof.Juan Antonio Barbosa

Dr. Juan Carlos Gottifredi