R-CDNAT-2010-302


Salta, 27 de setiembre de 2010


EXPEDIENTE Nº 10.585/10



VISTO:

Las presentes actuaciones relacionadas con la Res. Nº 436/2009 - de fecha 20 de marzo de 2009 - del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación por la cual se declara incluídos en la nómina del artículo 43 de la Ley Nº 24.521 a los títulos de Ingeniero Forestal y de Ingeniero en Recursos Naturales; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 40/41 obra la Res. Nº 530/10 por cuyo artículo 1º se convoca a las instituciones universitarias que dictan carreras de Ingeniería Forestal, Ingeniería en recursos Naturales e Ingeniería Zootenista a participar del proceso de acreditación con el carácter previsto en el inc. b) del artículo 43 y por cuyo artículo 2º fijó hasta el día 3 de setiembre de 2010 el plazo para ello;

Que a fs. 32 y con fecha 3 de setiembre de 2010 la Secretaría General de esta Universidad remite nota al Dr. Hernán Jorge Trebino – Director de Acreditación de la CONEAU – manifestando el interés de esta Casa de Estudios por la participación en el proceso de Acreditación de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente que dicta esta Unidad Académica, adjuntando en esa oportunidad el formulario de formalización (fs. 33) para la participación en la Convocatoria para la Acreditación de las carreras de Ingeniería Forestal, Ingeniería en Recursos Naturales e Ingeniería Zootecnista, suscripto por el Sr. Rector de la Universidad, Cr. Víctor Claros (fs. 34);


Que este Cuerpo – constituído en comisión – produjo su dictamen de fs. 36, el que a la letra dice: “Visto las presentes actuaciones, este Consejo Directivo constituído en comisión aconseja emitir resolución administrativa que formalice el interés por la presentación al proceso de acreditación de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente de la FCN – Universidad Nacional de Salta, convocada por la CONEAU y dispuesta por resolución de convocatoria Nº 436/09”;

Que este Consejo Directivo – en su sesión ordinaria del 7 de setiembre de 2010 – aprobó su dictamen mencionado en el parágrafo precedente;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Disponer que la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente se presente a la acreditación obligatoria convocada por la Res. Nº 535/10 de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, atento a lo expresado en el exordio.


ARTICULO 2º.- Instrumentar y habilitar todos los medios necesarios para emprender y concluir acabadamente con el proceso que conlleva la acreditación obligatoria objeto de estas actuaciones.


ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda, dése copia a Rectorado, a Secretaría del Consejo Superior, a la Dirección G. A. Académica, a la Escuela de Recursos Naturales, a Secretaría de esta Facultad y a la Secretaría Académica de la Universidad para conocimiento y resérvese.





Ing. Agr. NELIDA BAYON DE TORENA

SECRETARIA ACADEMICA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


M.Sc. Lic. ADRIANA E. ORTIN VUJOVICH

D E C A N A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES