R-CDNAT-2009-263

 

SALTA, 28 de julio de 2009.

 

EXPEDIENTE Nº 10.681/2002 Cuerpo 1 y 2.

 

VISTO:

 

            La nota elevada por el Dr. José Germán Viramonte a fs. 319 de estos actuados; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que manifiesta en su presentación lo siguiente:“me dirijo a usted y por su intermedio al Honorable Consejo Directivo de la Facultad a fin de presentar formalmente solicitud de reconsideración y jerárquico en subsidio, a las resoluciones R-CDNAT-2008-387 y 388 del 6 Agosto del 2008….”

 

Que a fs. 320, la Comisión de Docencia y Disciplina analizó la nota Nº 2483 elevada por el Dr. José Viramonte  y produjo su dictamen que dice: “CONSIDERANDO: Que en la nota citada, el Dr. Viramonte presenta formal solicitud de reconsideración y jerárquico en subsidio a las resoluciones RCDNAT2008-387 Y 388 emitidas el 06/08/08.

Que el Dr. Viramonte cuestiona las consideraciones del Dictamen de Comisión de Docencia y Disciplina, aduciendo que los mismos no están “avalados  por ninguna fundamentación y prueba.”

Que sostiene que el incumplimiento de las tareas docentes de la Dra. Escayola produjo “perjuicio a los alumnos, a la cátedra y a la Universidad” y que, por lo tanto el Consejo Directivo – como mínimo “debería haber abierto la posibilidad de una investigación para determinar la existencia o no de los incumplimientos denunciados.”

Que la Res. RCDNAT-2008-387 emitida según la decisión del Consejo Directivo que aprueba el minucioso y detallado Despacho de Comisión de Docencia y Disciplina (fs. 309/310) y el Despacho de la misma Comisión que obra a fs. 309 – ambos aprobados en Reunión Ordinaria del Cuerpo, realizada el 24 de junio de 2008.

Que esta Comisión entiende los fundamentos de las resoluciones cuya reconsideración se solicita, están suficiente y claramente sustentados y se ajustan definitivamente a la reglamentación vigente.

Que esta Comisión ratifica lo expresado en sus sendos Despachos de fs. 299 y 309/310, y, entendiendo que las resoluciones aludidas traducen efectiva y exactamente la decisión del Consejo Directivo.

ESTA COMISION ACONSEJA: NO HACER LUGAR al Recurso de Reconsideración interpuesto por el Dr. Viramonte, en contra de las resoluciones R CDNAT-2008-387 y R-CDNAT-2008-388 y girar las presentes actuaciones al Consejo Superior”.

 

            Que el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria Nº 09 de fecha 23 de junio de 2009 – resolvió aprobar el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina en su totalidad.

 

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

 

R  E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º.- No hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por el Dr. José Germán VIRAMONTE – en contra de las Res. R CDNAT-2008-387 y R-CDNAT-2008-388, por las razones expresadas precedentemente.

 

ARTICULO 2º.- Ratificar la plena vigencia de las Res. R CDNAT-2008-387 y R-CDNAT-2008-388 y

girar estos actuados al Consejo Superior a los fines dispuestos en ésta última, por corresponder.

 

ARTICULO 3º.- Hágase  saber  a   quien  corresponda,  remítase  copias a: Dr. Viramonte, Cátedra, Escuela de Geología, Direcciones Administrativas Académica y Económica, Obra Social, Dirección General de Personal y elévese al Consejo Superior a los fines dispuestos en Res. RCDNAT-2008-388. Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.-

 

 

Lic. Dora Ana Davies

Secretaria

Facultad de Ciencias Naturales

Dr. Guillermo Andrés Baudino

Decano

Facultad de Ciencias Naturales