R-CDNAT-2008-424


Salta, 25 de agosto de 2008.-

EXPEDIENTE N° 10.508/2008


Que a fs. refoliada 12 obra despacho Nº 607/08 de Consejo y Comisiones, que informa que el Consejo Directivo, en su Reunión Ordinaria Nº 14/08 del 12 de agosto de 2008, aprobó el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina (fs. 11);


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(Reunión Ordinaria Nº 14/08 de fecha 12 de agosto de 2008 )


R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el Dictado del Curso de Posgrado Nº 11-08, titulado: “DESCUBRIENDO LA BIODIVERSIDAD A TRAVES DE LA TAXONOMIA”, a cargo del Dr. José Antonio CORRONCA (CONICET - U.N.Sa – U.N.LaR).


ARTICULO 2º.- Aprobar el programa, contenidos y demás aspectos particulares de este Curso, que obran en fs. 1 a 4 de estas actuaciones.


ARTICULO 3º.- Indicar que este curso tiene una carga horaria de 60 (sesenta) horas, distribuidas de la siguiente manera: 45 horas presenciales y 15 horas para la elaboración de actividad práctica final. Incluye clases teóricas (40 %) y teórico – prácticas (60 %), con discusión general. Pruebas de evaluación. Estudio personal. Lectura crítica de artículos seleccionados de reconocidas revistas científicas. Resumen globalizador. Evaluación final escrita y actividad práctica final. Todo ello se encuadra en las disposiciones establecidas en Resolución Nº 445/99 CS.

El dictado se llevará a cabo entre los días 16 al 20 de setiembre de 2008.

Está dirigido a Graduados en Ciencias Biológicas, Agrónomos e Ingenieros en Recursos Naturales. Se aceptarán alumnos avanzados de la carrera de Biología.

Las inscripciones deben registrarse en la Escuela de Posgrado de esta Facultad. Los alumnos de pre- grado quedan eximidos del pago del arancel y de la evaluación final.


ARTICULO 4º.- Fijar el arancel de inscripción a este Curso en $ 180 (pesos ciento ochenta), los alumnos de las carreras de Posgrado de la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta, tendrán una bonificación de $ 30 (treinta pesos) en concepto de beca, por lo que el arancel que ellos deben pagar es de $ 150 (pesos ciento cincuenta) y debe ser abonado por cada uno de los interesados en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales, Universidad Nacional de Salta.


ARTICULO 5°.- Establecer que en caso de registrarse un excedente financiero operativo (por sobre el presupuesto estimado), el 5% de este excedente se imputará a la Cuenta “Ingresos No Tributarios - Derechos” de la Facultad de Ciencias Naturales, mientras que el 95 % restante quedará a disposición de la Facultad de Ciencias Naturales, hasta que la Comisión de Hacienda y Presupuesto decida al respecto. La retención deberá realizarse de acuerdo al Artículo 2° de la Resolución CS N°122/03.


ARTICULO 6º.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a la Escuela de Posgrado, Dirección Administrativa Económica, Tesorería General de la Universidad, al Dr. José Antonio CORRONCA y siga a Dirección Administrativa de la Escuela de Posgrado, para que a través del Director del Curso, una vez concluido el dictado del mismo, informe, la nómina de participantes y los resultados obtenidos.


ARTICULO 7°.- Publíquese en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.

Mer



LIC. DORA ANA DAVIES

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES