R-CDNAT-2007-299


Salta, 17 de setiembre de 2007.-


Expte. 10.208/2007


VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a inscripción de docentes interesados que dictan asignaturas para la carrera de Ingeniería Agronómica, en ser beneficiarios con alguna de las Becas de Posgrado PROMAGRO- Universidad Nacional de Salta, dispuesto por la R-CDNAT-2007-119; y


CONSIDERANDO:


Que la Comisión Evaluadora respectiva ha producido sendos dictámenes, los que obran precedentemente;


Que la Comisión de Docencia y Disciplina produjo su despacho de fs. 81;


Que este Cuerpo – en sesión ordinaria del 7 de agosto de 2007 – dispuso la emisión de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES



R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Otorgar las siguientes Becas de Posgrado PROMAGRO – Universidad Nacional de Salta – a los siguientes docentes de la carrera de Ingeniería Agronómica, según el siguiente detalle y con el estipendio y duración que para cada caso se indica:


Becas de Posgrado para Iniciación de Estudios (BPI) – Doctorado en la Universidad Nacional de Salta.


Duración: 3 años


Estipendio Mensual: $ 950,00


María Mercedes Alemán DNI Nº 21.086.048


Rubén César Cimino DNI Nº 23.941.203


Beca de Posgrado para Estudios Avanzados (BPA) – Doctorado en la Universidad Nacional de Salta.


Duración: 1 año


Estipendio Mensual: $ 950,00


Ana Isabel Massié DNI Nº 13.414.540


Beca de Posgrado para Estudios Avanzados (BPA) – Maestría en Universidad Nacional distinta a la Universidad Nacional de Salta.


Duración: 1 año


Estipendio Mensual: $ 1.500,00


María Eugenia Doña DNI Nº 18.229.739


ARTICULO 2º.- Dejar debidamente establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el punto 9 del artículo 3º de la R-CDNAT-2007-119 (fs. 10), los beneficiarios tomarán posesión de las becas, a partir del primer día hábil del mes siguiente a sus respectivas notificaciones de ésta. Los beneficiarios de los BPI – Doctorados en la Universidad Nacional de Salta – deberán – previamente - acreditar fehacientemente que sus inscripciones en la carrera del Doctorado fueron aceptadas.


ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda, por Departamento Despacho General notifíquense los interesados de modo fehaciente. Cumplido, siga a la Secretaría Administrativa de la Universidad para su toma de razón y demás efectos.



LIC. DORA ANA DAVIES

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES