R-CDNAT-2007- 088

SALTA, 03 de abril de 2007

EXPEDIENTE Nº 10.196/2007

VISTO:

Las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de “Aumentos de dedicación” Componente C2 PROMAGRO FCN –UNSa; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Director General del Proyecto PROMAGRO, Dr. Edmundo Quero – elevó la nómina de los Señores Docentes que se encuentran en condiciones de ser incluidos en los aumentos de dedicación exclusiva, divididos en dos grupos: Grupo A) Quienes ocupaban sus propios cargos regulares: Lic. Adriana Elizabeth Alvarez, ( se encuentra en Holanda con licencia, retorna en julio), Ing., Nélida Adelaida Bayón, Lic. Viviana Gabriela Broglia, Farm. Oscar Joaquín Díaz, Prof. Victor David Juárez, Prof. Laura Lamas, Dr, José Eduardo Sastre; Grupo B) Quienes se desempeñaban transitoriamente con dedicación exclusiva: Prof. María Mercedes Aleman, Ing. Víctor Humberto Caruso, Ing. Sergio Pablo Colina, Ing. Ana Isabel Massié e Ing. Mirta Adriana Quiroga.

Que en el mismo acto elevó los proyectos de Resolución para proceder con los aumentos en ambos grupos con la indicaciones pertinentes.

Que el Consejo Directivo constituido en Comisión produjo su dictamen que a la letra dice: “Recomendamos aprobar en general y particular los proyectos de resolución presentados para otorgar los aumentos de dedicación para los docentes involucrados excepto a Adriana Alvarez, quien se encuentra en Holanda, hasta aproximadamente el mes de julio.”

Que el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria Nº 04 de fecha 27 de abril de 2007 aprobó el Despacho del cuerpo constituido en Comisión en su totalidad.

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar los Proyectos de Resolución que se agregan a la presente como Anexo I para el Grupo A) a saber: Ing. Nélida Adelaida BAYON, Lic. Viviana Gabriela BROGLIA, Farm. Oscar Joaquín DIAZ, Prof. Victor David JUAREZ, Prof. María Laura LAMAS, Dr, José Eduardo SASTRE y para Grupo B): Prof. María Mercedes ALEMAN, Ing. Víctor Humberto CARUSO, Ing. Sergio Pablo COLINA, Ing. Ana Isabel MASSIE e Ing. Mirta Adriana QUIROGA, por las razones expresadas precedentemente.

ARTICULO 2º.- Disponer la suscripción de las Resoluciones emergentes de estos actuados - en cada Expediente de designación en cargo regular que corresponda y en forma individual.

ARTICULO 3º.- Recordar a los docentes involucrados que se encuentra en plena vigencia la Res. Nº 420/99-CS – Régimen de Incompatibilidad.

ARTICULO 4º.- Establecer un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para que los interesados inicien ante la Dirección General de Personal los trámites de estilo.

ARTICULO 5º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: los interesados, Cátedras, Escuelas, Obra Social, Dirección General de Personal. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.

ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES





A N E X O I

(Componente C2 de PROMAGRO FCN - UNSa)

Aumentos de dedicación para el grupo A

(Excepto Adriana E. Alvarez, quien se encuentra en Holanda con licencia, retorna en junio)

VISTO:

Que entre la Universidad Nacional de Salta y la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) se acordó la firma del Convenio MECyT Nº 1101/06, este pone en vigencia el Proyecto de Mejora de la Agronomía en la Facultad de Ciencias Naturales (PROMAGRO FCN – UNSa) y dentro del cual está incluida la Componente C2 por la cual podemos otorgar aumentos de dedicación para docentes que dictan asignaturas de la Carrera de Ingeniería Agronómica; y

CONSIDERANDO:

Que el Título Nombre y Apellido cumple con los requisitos del Proyecto de Desarrollo de Recursos Humanos Académicos de la SPU, esto es:

Que obra en la Componente C.2 del documento PROMAGRO FCN - UNSa la descripción explicita de su inserción en las actividades de investigación y docencia;

Que como la Componente C.2 corresponde al Proyecto de Desarrollo de Recursos Humanos Académicos de la SPU, debe preverse su financiamiento en el marco de dicho proyecto, por lo que los costos del mismo no deberán imputarse a PROMAGRO;

Que el Proyecto de Recursos Humanos Académicos de la SPU prevé el pago de la diferencia entre el cargo de revista del docente según la información existente en el Programa de Incentivos y el mismo cargo con dedicación exclusiva;

Que los fondos afectados a este Proyecto son actualizables de acuerdo a la escala salarial vigente se los considera fondos recurrentes, es decir que serán incorporados al presupuesto de la UNSa al finalizar el PROMAGRO FCN – UNSa, con el requisito previo de aprobación del informe final del proyecto antes mencionado, tal lo establecido en el referido Convenio;

Que este Cuerpo – en sesión ordinaria del día 27 de marzo – aprobó el proyecto de resolución presentado por el Director General del PROMAGRO FCN – UNSa, Dr. Edmundo D. Quero “Aumentos de dedicación para docentes que dictan asignaturas de la Carrera de Ingeniería Agronómica, dentro del marco de la Componente C.2”, y en consecuencia dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Otorgar el aumento de dedicación a exclusiva en su cargo de revista – a partir del día 01 de abril de 2007 – al Título Nombre y Apellido, en el marco de la Componente C.2 del documento PROMAGRO FCN – UNSa, que forma parte del referido Convenio.

ARTICULO 2º.- Financiar el cargo con dedicación exclusiva sumando a la partida presupuestaria propia del cargo regular del Título Nombre y Apellido (Cargo y designación) la diferencia que prevé el Proyecto de Recursos Humanos Académicos de la SPU.

ARTICULO 3º.- Considerar fondos recurrentes a aquellos proveniente del Proyecto de Desarrollo de Recursos Humanos Académicos de la SPU los que son actualizables de acuerdo a la escala salarial vigente y serán incorporados al presupuesto de la Universidad Nacional de Salta al finalizar el PROMAGRO FCN – UNSa, con el requisito previo de aprobación del informe final del proyecto , tal lo establecido en el referido Convenio.

ARTICULO 4º.- De forma

Aumentos de dedicación para el grupo B

VISTO:

Que entre la Universidad Nacional de Salta y la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) se acordó la firma del Convenio MECyT Nº 1101/06 que pone en vigencia el Proyecto de Mejora de la Agronomía en la Facultad de Ciencias Naturales (PROMAGRO FCN – UNSa) y dentro del cual está incluida la Componente C2 por la cual es posible otorgar aumentos de dedicación a docentes que dictan asignaturas de la Carrera de Ingeniería Agronómica; y

CONSIDERANDO:

Que el Título Nombre y Apellido cumple con los requisitos del Proyecto de Desarrollo de Recursos Humanos Académicos de la SPU, esto es:

Que obra en la Componente C.2 del documento PROMAGRO FCN - UNSa la descripción explicita de su inserción en las actividades de investigación y docencia;

Que como la Componente C.2 corresponde al Proyecto de Desarrollo de Recursos Humanos Académicos de la SPU, debe preverse su financiamiento en el marco de dicho proyecto, por lo que los costos del mismo no deberán imputarse a PROMAGRO;

Que el Título Nombre y Apellido se desempeña transitoriamente con dedicación exclusiva, utilizándose para sostener este aumento transitorio (describir el correspondiente motivo de la transitoriedad) y que cuando dicha disponibilidad no exista el agente retornará a la situación de revista para la cual concursó (cargo y dedicación regular).

Que corresponde en consecuencia requerir al Proyecto de Recursos Humanos Académicos de la SPU prevea el pago de la diferencia entre el cargo de revista obtenido por concurso (Res de designación regular) y el mismo cargo con dedicación exclusiva; por lo tanto no considerar la información actual existente en el Programa de Incentivos por cuanto ella refleja una situación de transitoriedad en el cargo hoy ocupado por el docente.

Que los fondos afectados a este Proyecto son actualizables de acuerdo a la escala salarial vigente y se consideran fondos recurrentes, es decir que serán incorporados al presupuesto de la Universidad Nacional de Salta al finalizar el PROMAGRO FCN – UNSa, con el requisito previo de aprobación del informe final del proyecto , tal lo establecido en el referido Convenio;

Que este Cuerpo – en sesión ordinaria del día 27 de marzo – aprobó el proyecto de resolución presentado por el Director General del PROMAGRO FCN – UNSa, Dr. Edmundo D. Quero “Aumentos de dedicación para docentes que dictan asignaturas de la Carrera de Ingeniería Agronómica, dentro del marco de la Componente C.2”, y en consecuencia dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Dejar explícitamente aclarado que el Título Nombre y Apellido, reviste con dedicación exclusiva con carácter transitorio, sosteniéndose tal transitoriedad en (describir el correspondiente motivo de la transitoriedad) y que cuando dicha disponibilidad no exista el agente retornará a la situación de revista para la cual concursó (cargo y dedicación regular).

ARTICULO 2º.- Otorgar el aumento de dedicación a exclusiva en su cargo de revista – a partir del día 01 de abril de 2007 – al Título Nombre y Apellido, en el marco de la Componente C.2 del documento PROMAGRO FCN – UNSa, que forma parte del referido Convenio.

ARTICULO 3º.- Financiar el cargo con dedicación exclusiva sumando a la partida presupuestaria propia del cargo regular del Título Nombre y Apellido (Cargo y designación regular) la diferencia que prevé el Proyecto de Recursos Humanos Académicos de la SPU.

ARTICULO 4º.- Considerar fondos recurrentes a aquellos proveniente del Proyecto de Desarrollo de Recursos Humanos Académicos de la SPU los que son actualizables de acuerdo a la escala salarial vigente y serán incorporados al presupuesto de la Universidad Nacional de Salta al finalizar el PROMAGRO FCN – UNSa, con el requisito previo de aprobación del informe final del proyecto, tal lo establecido en el referido Convenio.

ARTICULO 5º.- De forma.