R-CDNAT-2007-066


Salta, 08 de marzo de 2007.-


Expte. 10.608/06



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a inscripción de interesados para la cobertura interina de un cargo de jefe de trabajos prácticos con dedicación semiexclusiva para la cátedra Yacimientos Minerales de la Escuela de Geología; y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Asesora interviniente produjo su dictamen, el que obra de fs. 86 a 92 de éste;


Que los postulantes: Dra. Nilda Menegatti y Geól. José María Viramonte elevaron sendas impugnaciones – en tiempo y en forma - en contra de dicho dictamen;


Que este Cuerpo – constituído en comisión el día 26 de febrero de 2007 – produjo dos despachos, identificados como Despacho Nº 1 obrante a fs. 108 y Despacho Nº 2 el que corre a fs. 109 de éstas;


Que este Consejo – en su sesión ordinaria del día 27 de febrero de 2007 – aprobó el Despacho Nº 1, el que a la letra dice: “Visto las impugnaciones interpuestas por la Dra. Menegatti y el Geól. José María Viramonte, el Dictamen de Asesoría Jurídica a fs. 102, este Consejo recomienda dar vista de la impugnaciones de los recurrentes al jurado y solicitar al mismo ampliación de Dictamen de fs. 86/92 y posteriormente girar a Asesoría Jurídica de acuerdo a lo dictaminado por la misma”;


Que – en la misma oportunidad – desestimó el Despacho Nº 2 arriba citado;


Que – en virtud de lo expresado – dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES



R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Solicitar a los señores integrantes de la Comisión Asesora que intervino en el llamado a inscripción de interesados para la cobertura interina de un cargo de jefe de trabajos prácticos con dedicación semiexclusiva para la cátedra Yacimientos Minerales de la Escuela de Geología: Lic. Alfredo Castillo, Dr. Raúl Becchio y Geól. Alicia Quiroga, tengan a bien tomar vistas de las impugnaciones presentadas por la Dra. Nilda Menegatti y Geól. José María Viramonte en contra del dictamen de 86 a 92 de éstas y proceder – consecuentemente – a ampliar dicho dictamen.

ARTICULO 2º.- La Comisión Asesora cuenta con un plazo de 10 días hábiles – contados desde su notificación - para producir la ampliación requerida por el artículo anterior.


ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda y siga a la Dirección Administrativa Académica, a sus efectos.




ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES