R-CDNAT-2006-0465

SALTA,18 de diciembre de 2.006.

Expediente Nº 11.037/2003



VISTO:

La Res. CS Nº 457/03, por medio de la cual se pone en vigencia el plan 2.004 de la carrera LICENCIATURA EN CIENCIAS BIOLOGICAS; y

CONSIDERANDO:

Que obra presentación de la Sra. Directora de Escuela de BIOLOGIA, Lic. Virginia Martinez, a fs. precedentes, en respuesta al pedido efectuado por Secretaría Académica a fs. 191, como asimismo nueva reconsideración del régimen de correlatividades, como consecuencia del monitoreo permanente de los planes vigentes de Biología que realiza dicha Escuela y a los efectos de optimizar el cursado;

Que se estimó necesario elaborar el pertinente texto ordenado, elevado por la Escuela, con la adecuaciones propuestas y anteriormente detalladas, con el solo fin de dinamizar su lectura y facilitar su comprensión;

Que la Comisión de Docencia y Disciplina del Consejo Directivo se expide con dictamen favorable a fs. Precedentes en el sentido de:

Que este Cuerpo -en Reunión Extraordinaria Nº 10-06 del quince de diciembre del cte. año, constituido en comisión- analízó la presentaciones e informes, aprobando el dictámen mencionado en general y, en particular, disponiendo: “1. Para cursar asignaturas se eliminan las materias aprobadas como requisito. 2. Unificar correlativas de materias comunes de PCB y LCB plan 2004. 3. Modificar las correlativas de las asignaturas que se detallan a continuación y que surgen de los dos puntos anteriores y obran en hoja anexa donde se incluyen en rojo las modificaciones a la propuesta de la Escuela de Biología” y dispuso la suscripción de ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva, con cargo a lo dispuesto en la normativa vigente;



POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(En Reunión Extraordinaria Nº 10-06 del 15 de diciembre de 2006)

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- APROBAR Y poner en vigencia, a partir del período lectivo 2.007 las modificaciones y adecuaciones del plan de estudios 2.004 de la carrera LICENCIATURA EN CIENCIAS BIOLOGICAS, aprobada por resolución CS Nº 457/03. en virtud de lo expresado en el exordio, con cargo a lo dispuesto por Res. CS N 344-91 y complementado por lo enunciado en el inc.6) del Art. 113 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta.

ARTICULO 2º.- INDICAR que las modificaciones y adecuaciones aludidas en el artículo anterior obran en el texto ordenado elevado por la Escuela que corre de fs. 196 a 212, más la modificación a dicha propuesta aprobada por este Cuerpo constituido en Comisión y el que se constituye como Anexo I de la presente resolución y válido para la mencionada carrera.

ARTICULO 3º.- Hágase saber a quien corresponda, por Despacho General fotocópiese a fin de dar amplia difusión y elévese al Consejo Superior de la Universidad, a los fines de proceder a su ratificación.-

jll.




ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES