R-CDNAT-2006-347


Salta, 24 de octubre de 2006


Expte. Nº 10.104/03

VISTO:


Las presentes actuaciones; y

CONSIDERANDO:


Que diversos alumnos de modo voluntario, han pasado – oportunamente – a revistar del plan de estudios 1974 al plan de estudios 1993 de la carrera de Geología;


Que entre los mismos figuran los Sres. Oscar Darío Barrios, José Luis Moreno, Cristian José Morizzio y la Srta. Luciana Borgatta;


Que para cada caso se dotó de aplicación la tabla de equivalencias que prevé la Res. Nº 037-93 del Consejo Superior y entre las cuales figuran las correspondientes a Matemática I y Matemática II;


Que respecto a la alumna Luciana Borgatta si bien – originalmente – también se le acordó las equivalencias respectivas con cargo a la Res. Nº 037-93 CS, ante las presentaciones de la interesada se ha procedido a rever toda su situación curricular en lo atinente a las materias Matemática I y II;


Que del nuevo análisis y de lo aconsejado por la Comisión de Docencia y Disciplina a fs. 40 y 40 vta. se concluye en que la misma debe quedar encuadrada en las previsiones de equivalencias indicadas por la R-CDNAT-2004-0110 y por la Res. Nº 234/04 del Consejo Superior;


Que, en virtud de lo expresado en el parágrafo precedente, la Prof. María Isabel Ibáñez de Landriel ha informado a fs. 32 que la causante ha aprobado los temas faltantes para acceder a la equiparación total de las materias Introducción a la Matemática y Análisis Matemático del plan de estudios 1974 con las asignaturas Matemática I y Matemática II del plan de estudios 1993 de la carrera de Geología;


Que similar criterio como el aquí aplicado para la alumna Luciana Borgatta, debe aplicarse para todos aquellos pedidos de equivalencias de materias originados por cambio del plan de estudios 1974 al plan de estudios 1993 de la carrera de Geología, realizados a partir del año 2004; es decir deberá aplicarse la tabla de equiparaciones allí prevista;


Que este Cuerpo – en sesión ordinaria del día 12 de setiembre de 2006 – dispuso la suscripción de ésta en los términos en ésta estipulados;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES



R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- Dejar debidamente establecido que sin perjuicio de lo establecido por la Res. Nº 037/93 del Consejo Superior en lo concerniente a las equiparaciones de las materias Matemática I y Matemática II para aquellos alumnos que se hayan cambiado del plan de estudios 1974 al plan de estudios 1993 de la carrera de Geología, la alumna Luciana Borgatta – LU Nº 27.094 – quedará encuadrada en las previsiones que al respecto establece la R-CDNAT-2004-0110 y la Res. Nº 234/04 CS.


ARTICULO 2º.- Dejar debidamente establecido que la alumna Luciana Borgatta ha aprobado los temas faltantes que indicaran las resoluciones mencionadas en el artículo anterior, para acceder a las siguientes equiparaciones de materias, según lo señalado por la Prof. María Isabel Ibáñez de Landriel en su informe de fs. 32:


Carrera de Geología Carrera de Geología

Plan de Estudios 1974 Plan de Estudios 1993

Materias Aprobadas

Equiparaciones Totales


Introducción a la Matemática por Matemática I. Nota: 4

Análisis Matemático por Matemática II. Nota: 4


ARTICULO 3º.- Solicitar al Departamento Planeamiento Pedagógico proceder a registrar en el estado curricular estas novedades y atento a lo dispuesto en los artículos precedentes.


ARTICULO 4º.- Dejar debidamente establecido que todos los pedidos de equivalencias de materias originados en solicitudes de cambio del plan de estudios 1974 al plan de estudios 1993 de la carrera de Geología – realizados a partir del año 2004 – se deberán ajustar totalmente a los términos de la R-CDNAT-2004-0110.


ARTICULO 5º.- Solicitar a Departamento Alumnos que notifique a los tres alumnos restantes y mencionados en el exordio, quienes tienen la equivalencia otorgada por la Res. Nº 037/93 del Consejo Superior, a fin de que tengan la posibilidad de optar – a través de nota expresa – por el mismo mecanismo aplicado para la alumna Luciana Borgatta.


ARTICULO 6º.- Hágase saber a quien corresponda y siga a la Dirección Administrativa Académica, a sus efectos.





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES